La elección de Guillermo Andrés Echevarría Gil, ficha de Juliana Guerrero, como rector de la Universidad Popular del Cesar quedó en suspenso. El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de su nombramiento al concluir, en una revisión inicial del caso, que el directivo no habría acreditado la experiencia mínima requerida para ocupar el cargo.
La decisión reabre una controversia que desde finales de 2025 venía generando tensión dentro de la institución y entre sectores estudiantiles, que cuestionaron tanto la rapidez del proceso de elección como la transparencia en la verificación de los requisitos.
El alto tribunal, con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, examinó la documentación presentada por Echevarría durante la convocatoria y encontró que, al momento de su inscripción, no alcanzaba los cinco años de experiencia en educación superior exigidos por los estatutos de la universidad.
Según el análisis judicial, el hoy suspendido rector acreditó únicamente cuatro años, diez meses y 26 días de experiencia docente en la Universidad Popular del Cesar.
Además, el Consejo de Estado descartó contabilizar el tiempo laborado en UPARSISTEM S.A.S., al considerar que esa entidad no corresponde legalmente a una institución de educación superior.
“La ley prohíbe que este tipo de entidades ofrezcan programas universitarios”, señaló la providencia, que concluyó que, por ahora, no existe evidencia suficiente para demostrar el cumplimiento del requisito exigido para el cargo.
“El Tribunal de Garantías Electorales, en el artículo séptimo del Acuerdo 008 del 28 de noviembre de 2025, dispuso inadmitir la inscripción del aspirante Guillermo Andrés Echavarría Gil”, indica el auto en relación con las pruebas aportadas por el demandante.
El documento también señala que el demandado “presentó recurso de reposición en contra de la anterior determinación, cuestionando que la valoración de su experiencia se realizó por los meses certificados y no por el correspondiente período académico laborado. Al respecto, indicó que, de conformidad con el Acuerdo 008 de 1994, que contiene el Estatuto Docente, la vinculación se realiza por períodos académicos, lo cual implica que la valoración de la experiencia derivada de dicha vinculación se efectúe bajo esa unidad y no por meses o días”.
Tras el análisis realizado, el Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad electoral presentada en contra del Acuerdo 011 del 9 de marzo de 2026, mediante el cual el Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar designó a Guillermo Andrés Echavarría Gil como rector de dicha institución de educación superior.
La decisión deja sin efectos provisionales el acto de designación mientras avanza el estudio de fondo de la demanda que cuestiona la legalidad de la elección.
La llegada de Echevarría a la rectoría había estado rodeada de críticas desde el comienzo. Diversos sectores universitarios denunciaron presuntas irregularidades en la sesión del Consejo Superior que definió la elección, asegurando que la votación se realizó en apenas unos minutos y sin una revisión exhaustiva de las hojas de vida.





















