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El Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad interpuesta por el exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, contra su destitución, pero no dictó las medidas cautelares en cambio le pidió al Procuraduría que se pronuncie sobre esta solicitud.

La providencia, con ponencia del magistrado Gerardo Arenas, le da al Ministerio Público cinco días para que este deé su concepto acerca de la posibilidad de restituir al burgomaestre capitalino, de origen cordobés, al Palacio del Liévano.

Luego de que la Procuraduría exponga sus razones sobre la conveniencia o no de las medidas, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo decidirá si dicta o no estas medidas cautelares para la protección de los derechos políticos de Petro.

Para el togado es necesario escuchar no solo al demandante, es decir al exalcalde, sino también a la entidad que impartió la sanción, el ente de control disciplinario.

Al margen de este trámite jurídico, la Corte Constitucional estudia si unifica o no las centenares de tutela interpuestas por ciudadanos que invocan el derecho a elegir y ser elegidos, tanto del exmandatario como de los votantes.