La gobernadora electa de la Guajira, Oneida Pinto, podría ver en vilo su posesión como primera mandataria del departamento a causa de una demanda que cursa en el Consejo de Estado y sobre la cual hay un auto jurídico que comunica la admisión de la solicitud de suspender temporalmente su elección.
La comunicación firmada por el magistrado ponente Abelardo Yepes Barreiro da un término de 3 días para que pinto presente los argumentos de su defensa. Muchos medios dieron como un hecho tal afirmación y las redes sociales se inundaron con una información equivocada, la cual incluso, hizo que los propios simpatizantes de la primera mujer gobernadora de La Guajira, pensaran que no habría ya posesión el 1 de enero.
La Gobernadora electa se pronunció sobre el caso y afirmó que se posesionará el próximo primero de enero y que ya envió al Consejo de Estado una respuesta.
Sin embargo, todavía no hay un fallo definitivo. Fuentes al interior del Alto Tribunal de lo contencioso administrativo confirmaron que se notificó y se aceptó la demanda pero aún no hay ningún fallo y que la información que se divulgó sobre la suspensión de la posesión de Pinto es falsa. No obstante, dicho fallo podría producirse en el transcurso del día.
De no ratificarse la demanda este viernes, la decisión quedará aplazada para el próximo año ya que el Consejo de Estado suspende labores hasta el 12 de enero, permitiendo de esta manera la posesión de Pinto.
Los argumentos de la demanda señalan que existió una incompatibilidad por haber sido elegida alcaldesa del municipio de Albania en 2011. Pinto renunció a la alcaldía el 21 de julio de 2015 y se inscribió como candidata a la Gobernación por Cambio Radical el 25 de junio del presenta año. La parte demandante señala entonces que no se cumplió el tiempo de 12 meses que consagra la Ley 1475 de 2011 para que una autoridad electa pueda aspirar a un nuevo cargo de elección popular.
Bajo estos mismo argumentos se presentó una demanda ante el Consejo Nacional Electoral contra la en ese entonces candidata fue fallada a favor de Pinto. En su momento la sala plena del CNE se declaró sin competencia para conocer las demandas por incompatibilidad que deben ser estudiadas por la justicia contencioso administrativa.