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El Consejo de Estado anuló la multa por $11.277 millones que la Secretaría de Hacienda del Atlántico le había impuesto a la Universidad Autónoma del Caribe por no declarar el impuesto Estampilla pro Hospital Cari en 2006, 2007 y 2008.

En la providencia, conocida por EL HERALDO, con fecha de 29 de junio de 2017 y de 22 páginas, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, con ponencia de la magistrada Stella Carvajal, estudia la apelación interpuesta por la Gobernación del Atlántico contra la sentencia del 13 de febrero de 2013, proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico.

Este fallo del tribunal atlanticense declaró entonces la nulidad de las resoluciones de la Secretaría de Hacienda del Atlántico, en la que esta multaba a la Universidad Autónoma por no declarar el impuesto, debido a que las normas que sustentaban la sanción tributaria habían sido ya retiradas del ordenamiento legal.

Uniautónoma demanda

La Secretaría de Hacienda departamental, a través de las resoluciones 0523223 de agosto 6 de 2009 y EC5-00298-0110608 de junio 30 de 2010, multaba a la alma mater por una suma de $11.277 millones.

Ante la decisión del departamento del Atlántico, la Uniautónoma interpuso una demanda de nulidad contra dichas resoluciones y pidió, a título de restablecimiento del derecho, que se declarara que la Universidad no estaba obligada a pagar la sanción y que se condenara al departamento a reintegrarle la suma de $254 millones que pagó 'indebidamente por la declaración de la Estampilla Pro Hospital Cari, con la restitución del pago de mora y de sanciones', así mismo, que se condenara al departamento a pagar a la Universidad el valor de los perjuicios morales sufridos, 'debido a la inconstitucional, ilegal y arbitraria sanción tributaria', correspondientes a $51 millones.

Confirman decisión

El alto tribunal de lo contencioso administrativo decidió confirmar la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico, que le dio la razón a la institución educativa.

'Como a la demandante (la universidad) se le impuso sanción por no declarar la estampilla en mención conforme a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 4 y 6 de la Ordenanza Nº 000018 de 2006, es preciso advertir que esta normativa fue anulada por el Tribunal Administrativo del Atlántico mediante sentencia de 28 de noviembre de 2012 y confirmada en segunda instancia por el Consejo de Estado en fallo de 27 de marzo de 2014, por considerar que violaban directamente la Ley 645 de 2001 y el artículo 71, numeral 5, del decreto Ley 1222 de 1986', indicó el Consejo de Estado.

Por ello, al no existir entonces los artículos que sustentaban la multa, señala el fallo, no existe tampoco la sanción: 'retiradas del ordenamiento jurídico dichas normas, desaparece el sustento legal en que se fundamentó la sanción impuesta a la demandante en los actos administrativos acusados, por lo que deviene la nulidad de los mismos'.

¿Qué dice UAC?

El abogado de la universidad, William Flórez Noriega, le dijo a EL HERALDO que la sanción hubiera ocasionado problemas en las cuentas del centro educativo: 'dicha multa hoy superaría los $15.000 millones, lo cual hubiese producido una afectación económica desfavorable a las finanzas de la mencionada institución de educación superior'.

Agregó el jurista que los actos administrativos demandados fueron proferidos bajo la consideración de que la ‘alma mater’ tenía la obligación de declarar el impuesto, lo cual iba en contra de la ley en atención a que el hecho generador del tributo necesariamente implicaba que en el acto interviniera un funcionario de orden departamental, 'y es evidente que en la emisión de facturas por parte de quienes desarrollaban actividades industriales, comerciales o de servicios en el Departamento, no necesariamente interviene un funcionario público, pues este es un documento de carácter privado'. Y concluyó Flórez, por lo tanto, que las sanciones que impuso la Gobernación contra la institución 'son inconstitucionales e ilegales, y desconocen reiterada jurisprudencia del Consejo de Estado'.

Recordó que en un caso similar, el Consejo de Estado condenó a Bavaria a pagar una multa por $56.124 millones por no declarar la estampilla.