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A través de los decretos 049 y 050, recientemente expedidos, la Alcaldía de Soledad restringe la circulación de vehículos de carga pesada, así como las labores de cargue y descargue en vías neurálgicas del municipio en donde se origina cogestión en la movilidad.

La prohibición consignada en el Decreto 049 se determinó, según la Administración municipal, luego de una inspección en vías como las calles 30, 63 (prolongación Murillo), 54, 56, Avenida Circunvalar y carrera 24.

En las labores de observación en estas vías se evidenció que la circulación de vehículos con capacidad igual o superior a cinco toneladas, afectaba la movilidad por su poca capacidad de maniobrar y por el riesgo para la integridad de usuarios viales.

En tal sentido, la medida regirá entre 5:00 a.m. y las 9:00 p.m., en todo el municipio, con excepción de la calle 30 en toda su extensión, Avenida Circunvalar, calle 18 y prolongación de Murillo, desde el acceso a Granabastos hasta la vía a Caracolí.

Por su parte, el Decreto 050 se refiere a las labores de cargue y descargue de mercancías, materiales y maquinarias, actividades que quedan prohibidas en todo el municipio, en el horario de 6:00 a.m. y las 9:00 p.m., se exceptúan los vehículos de recolección de basuras y los de transporte de valores.

De acuerdo con el director del Instituto Municipal de Tránsito, Emilio Sánchez, actualmente estas medidas se encuentran en etapa pedagógica, pero una vez se cumpla este tiempo, quien incurra en violación de la norma puede ser sancionado con hasta ocho salarios mínimos legales vigentes.