El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sabanalarga ordenó revocar la sentencia impugnada por el Juzgado Primero Promiscuo de Candelaria, que tenía en vilo la construcción de una megacárcel en este municipio del sur del Atlántico.
En el fallo de segunda instancia y con fecha del 19 de noviembre, el juez Rafael Ojeda resuelve revocar la sentencia proferida por el juzgado promiscuo y declarar improcedente la solicitud de amparo constitucional de un grupo de afrodescendientes representados por Jorge Luis Fonseca Bolívar.
Asimismo, ordenó remitir el expediente a la Corte Constitucional para su revisión, quien deberá revocar o confirmar la decisión resuelta por el juzgado antes mencionado.
En las consideraciones del fallo, el juzgado expone que el precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional se basa en que la acción de tutela resulta improcedente cuando con ella se 'pretenden sustituir' mecanismos ordinarios de defensa que, por negligencia o descuido de quien solicita el amparo constitucional, no fueron utilizados a su debido tiempo simplemente no han sido utilizados.
De igual forma, señala que la tutela no puede ser empleada legítimamente para resolver controversias de orden legal, pues para tal efecto el legislador ha diseñado una estructura compleja de acciones y recursos que han de ser decididos por las autoridades judiciales que cuenten con conocimientos especializados en dichas materias y dentro de procesos que permiten el cabal ejercicio de los derechos de defensa y del debido proceso.
¿Qué viene ahora?. Ante esto, el secretario del Interior del Atlántico, Jorge Ávila, explicó a EL HERALDO que el fallo confirma que la tutela es improcedente, toda vez que 'desbordaba' las competencias de un juez promiscuo municipal.
'La tutela no es el mecanismo para dejar sin efecto un acto administrativo como la ordenanza y la ordenanza ya estaba materializada, pues lo que ordenaba era la compra del lote', sostuvo.
Ávila aseveró que el juez 'da la razón' a la impugnación de la Gobernación cuando declara la improcedencia del primer fallo.
En ese sentido —precisó el funcionario— se podrá retomar con tranquilidad el plan de trabajo que tenían con el Ministerio de Justicia para la gestión del proyecto carcelario en el sur del Atlántico.
'En estos días lo que hemos venido haciendo es un trabajo comunitaria en el que hemos aplicado unas encuestas de percepción y vamos a realizar antes de que se acabe el gobierno unas mesas de trabajo en varios temas de interés de Candelaria y Campo de la Cruz para dejarles un diagnóstico mucho más completo a la nueva administración', explicó Ávila.
Detalló que tras el fallo la administración de Verano deja el convenio vigente que vincula al gobierno territorial con el nacional para darle gestión al proyecto, con el que se le da cumplimiento a la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico, que obligaba a la Gobernación a gestionar una nueva cárcel para el departamento.
Adicionalmente —agregó el Secretario del Interior— se deja el predio comprado y donado al Inpec. 'En lo que queda del año vamos a avanzar en las mesas de socialización con las comunidades. Aspiramos que antes de que se acabe el año podamos tener el cierre de esas mesas de trabajo con la presencia de la Ministra en Candelaria', indicó Jorge Ávila.
El proyecto de la construcción de una megacárcel en Candelaria había quedado en vilo como consecuencia de la decisión del juez primero municipal de Candelaria, que había dejado sin efecto la Ordenanza 000463 de 2019, por medio de la cual se autorizó al Gobernador del Atlántico tramitar 'el título de compraventa de un inmueble con destino a la construcción de un establecimiento de reclusión del orden nacional, para el fortalecimiento de la política carcelaria'.
En su fallo, el juez había concedido el amparo del derecho fundamental a la consulta previa reclamado por la comunidad afrodescendiente del municipio de Candelaria, representada a través del Consejo Comunitario de Afrodescendientes Nelson Mandela de esa población.