El Concejo de Puerto Colombia apeló el fallo en primera instancia del Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, que anula los actos administrativos contenidos en el acuerdo 013 del 5 de diciembre de 2017, a través del cual se adopta la revisión del Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT).
En los argumentos de apelación, la Corporación dice que el plan se adoptó de forma legal, con el lleno de los requisitos normativos establecidos (...) y cumpliendo a cabalidad todas las etapas de participación democrática.
'Estamos atendiendo este recurso porque no hacerlo también podría incurrir en una acción disciplinaria, se trata de un fallo en primera instancia y la decisión no se encuentra en firme', dijo el presidente del Concejo de Puerto, Winston Varela.
Entre los señalamientos que hace el documento de apelación, exponen que el fallo y los demandantes interpretan de forma 'desacertada' las normas que regulan el concepto de continuidad del PBOT.
'Nosotros estamos controvirtiendo la interpretación que dan los demandantes y el juez, estos señalan que el POT del 2000 que fue adoptado para el 2012 por tres mandatos se prorrogó automáticamente hasta el 2024, esa interpretación no es acertada', asegura el apoderado del Concejo, Eliécer Polo.
Para el presidente del Concejo las decisiones sobre la herramienta de planificación del municipio se deben tomar con detenimiento, toda vez que pueden afectar lo que se ha trazado en el Plan de Desarrollo, el cual visiona crecimiento y desarrollo para este territorio.
'No debe existir incertidumbre en la comunidad, ya que nuestra defensa se realizará con argumentos sólidos', agregó el concejal.