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La solicitud de licencia ambiental para el desarrollo de las obras del canal del Dique fue oficializada por el Gobierno nacional a través de la resolución 0322 del 29 de febrero de 2024 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).

En el documento de 36 páginas que fue conocido por EL HERALDO se determina que se debe presentar un estudio de impacto ambiental. En ese sentido, 'el interesado deberá solicitar los términos de referencia específicos, indicando la descripción y ubicación de las actividades y obras del proyecto, así como las necesidades de uso y demanda de recursos naturales'.

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En la resolución, la Anla señaló que el proyecto podría tener implicaciones sobre ecosistemas marino - costeros de 'gran importancia y sensibilidad', al destacar la presencia de manglares, arrecifes coralinos y pastos marinos en áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y otras figuras de conservación.

En el documento también se expone que el Plan Hidrosedimentológico presentado para el desarrollo de la megaobra no precisa la extensión de los impactos, un 'aspecto fundamental para la delimitación del área de influencia'. Además se cuestionó que la línea base se recopiló con base en información secundaria anterior al año 2000.

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En ese sentido, la autoridad ambiental expuso que 'no es clara la incidencia que tendrían las obras ni siquiera en las áreas protegidas lo que, de acuerdo con las instituciones ambientales citadas en el concepto emitido por el Ministerio de Ambiente'.

Asimismo, la Anla destacó que los manglares cumplen un 'importante papel' dado su valor ecológico como sitios de alimentación, refugio y la anidación de especies de fauna silvestre.