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El Tribunal Administrativo del Atlántico negó la nulidad de la elección de Aristarco Romero Meriño como alcalde del municipio de Ponedera para el periodo 2024-2027.

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La decisión, que fue adoptada con ponencia del magistrado Jorge Sánchez Felizzola, se sustentó en la tesis de que las inconsistencias aritméticas que se presentaron durante el trámite de votación y escrutinio para la elección d alcalde del municipio de Ponedera no tienen incidencia suficiente para afectar los resultados.

“Las aludidas inexactitudes no cuentan con la entidad suficiente para invalidar la votación efectuada, puesto que según la información consignada en dichos formularios habían 20.560 votantes habilitados y solo ejercieron su derecho al voto 15.913 personas; es decir, que 4.647 votantes no acudieron a los comicios programados”, se lee en la sentencia.

Asimismo, se expone que dicha “cifra que no tiene ninguna injerencia en los resultados obtenidos por el burgomaestre electo, pues se reitera la diferencia entre aquel y la candidata que ocupó el segundo lugar es de 236 votos, pero no hubo mayor cantidad de electores a los habilitados para votar”.

Esta acción había sido presentada por la ciudadana Angélica Ariza Carracedo, quien adujo que los actos administrativos que sustentan la elección de Romero Meriño se expidieron mediante “falsa motivación, con desviación de las atribuciones propias de quien los profirió, con infracción de las normas en que deberían fundarse y con desconocimiento del derecho al debido proceso”.

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Indicó, además, que existía una “diferencia injustificada” al comparar el preconteo y el resultado final del escrutinio, “puesto que el número de votos de las mesas reclamadas, que se refleja en el formulario E 24, está revestido de duda, debido a la situación fáctica planteada”.