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La decisión de la empresa Air-e de no realizar el recaudo, a partir de noviembre, del impuesto de alumbrado público, la tasa de seguridad y el servicio de aseo ha generado revuelo y un ‘choque de trenes’ con la Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Minas y Energía.

La controversia está relacionada con las implicaciones fiscales y jurídicas que tendría esa medida, teniendo en cuenta que existen una serie de convenios con la Gobernación del Atlántico, las alcaldías y las empresas de aseo para adelantar dichos recaudos.

Así lo recalcó Amylkar Acosta, ex ministro de Minas y Energía, quien puso de presente que la suspensión de su cobro no puede obedecer a una decisión unilateral por parte de Air-e.

“Debe ser acordada por las partes, por aquello de que en derecho las cosas se deshacen conforme se hacen”, expuso el experto en temas energéticos.

De acuerdo con Acosta, ni el cobro del servicio de alumbrado público ni el de aseo o la tasa de seguridad hacen parte de la tarifa de energía, “por lo tanto no se puede pretender pasar la suspensión de su cobro por una baja en la tarifa de energía que se le cobra al usuario final. Ello es un sofisma”.

En ese sentido, el ex ministro fue enfático al sostener que “el hecho de que la empresa Air-e deje de cobrarlo no quiere decir que el usuario quede exento de pagar el servicio de alumbrado público; la obligación persiste y el municipio o Distrito deberá disponer el cobro en para honrar su compromiso con el concesionario de dicho servicio”.

El impacto en las finanzas

Rachid Náder, secretario Jurídico del Atlántico, sostuvo que esta medida de la empresa Air-e pondría en riesgo las finanzas de la administración departamental.

Puso de presente que el recaudo de la tasa de seguridad permite el giro a los Cuerpos de Bomberos y brindar apoyo a las Fuerzas Armadas, así como el desarrollo de los parques, las plazas, las casas refugios para prevenir la violencia contra las mujeres, entre otras obras.

“Actualmente esta tasa se encuentra fundamentada en la ley y en ordenanzas departamentales, las cuales determinan los tributos y establecen la posibilidad de que el ente territorial proceda a su cobro a través de la facturación de la energía eléctrica, por tanto la decisión no puede estar por encima de la ley”, sostuvo.

Indicó que la suspensión del cobro los tomó “por sorpresa”, pues nunca fueron notificados, sino que se enteraron por las declaraciones en medios locales: “Esta omisión en el cobro de la tasa de seguridad generará repercusiones tremendas para el departamento; se perderá la financiación del alumbrado público y la seguridad quedará huérfana”.

Expuso que existen compromisos de vigencias por 1.9 billones de pesos que “en el evento de no ser honrados nos expone a cuantiosas sumas de dinero en litigio judiciales que serán desfavorables para el ente territorial lo cual pone en riesgo sus finanzas incluso su existencia misma”.

Al respecto, el gobernador Eduardo Verano de la Rosa dijo recientemente que la decisión de la empresa Air-e es “improvisada”, así como rechazó tajantemente el anuncio, pues afectaría directamente a la ciudadanía y frenaría inversiones del sector privado.

“En caso de que se ratifique esta decisión el daño será muy grande porque ataca un impuesto fundamental para la seguridad y no reduce el costo de la energía en la práctica porque hoy el kilovatio hora en bolsa está en cerca de 1.500 pesos y quitar el cobro de los ‘adicionales’, solo es algo cosmético, no definitivo en lo que pagamos en materia de energía en el Atlántico”, detalló el mandatario departamental.

En los últimos cuatro años, de acuerdo con la administración departamental, se recaudaron $538 mil millones por concepto de la tasa de seguridad. En el 2020, el recaudo fue por el orden de $107.111 millones, mientras que en 2021 ascendió a $130.041 millones. Para 2022 se recibieron $141.351 millones y en 2023 fue de $159.579 millones.

Desde el Distrito de Barranquilla se emitió un comunicado a la opinión pública, en el cual indicó que es “fundamental realizar rigurosamente los análisis técnicos y jurídicos y las implicaciones en el contexto de la obligación de tipo tributario, conforme a lo establecido en la Ley 1819 de 2016 y en el Estatuto Tributario Distrital”.

Visión de los usuarios

Norman Alarcón Rodas, coordinador en el Caribe de la Liga Nacional de Usuarios de Servicios Públicos, sostuvo que desde diversos sectores y organizaciones han hacho críticas a los cobros de terceros en la factura de energía.

“Por las tarifas onerosas que golpean la economía familiar, se ha solicitado a las respectivas autoridades que se deben rebajar dichas tarifas, como lo han hecho contra las tarifas impagables de la energía eléctrica, que por las luchas ciudadanas están comenzando a rebajarse”, indicó.

Sin embargo, expuso que ante la existencia de contratos o convenios para adelantar dichos cobros, es necesario que la empresa se siente con las entidades territoriales para evaluar la situación y buscar una salida consensuada.

A su turno, Alberto Mario Forero, miembro del Comité Atlántico de Usuarios de Servicios Públicos, sostuvo que la suspensión del cobro de alumbrado público y la tasa de seguridad podría conllevar a demandas millonarias en contra de Air-e por el desconocimiento de los acuerdos suscritos.

“Eliminar el impuesto de alumbrado público, la tasa de seguridad y el aseo es una decisión irresponsable, populista, sin un análisis constitucional y gerencial”, aseguró.

Indicó que esta situación podría conllevar a problemas de salud pública ante las afectaciones en la prestación del servicio de aseo, así como de seguridad por la falta de recursos para financiar las herramientas que permitan combatir a los delincuentes.

“Sin los recursos del impuesto de alumbrado no tendríamos Iluminación de espacios públicos como vías, parques, escenarios deportivos, entre otros, convirtiéndose en ambientes propicios para los que cometen hechos punibles”, sostuvo.

Además, cuestionó que la empresa esté considerando dejar de recaudar estos conceptos, teniendo en cuenta que le genera un porcentaje de utilidad, tal como lo consigna la ley.

En la misma línea, expuso que esta propuesta no soluciona el problema mayor: el costo del kilovatio hora, “el cual no ha podido disminuir y es fundamental para bajar el total de la factura de energía”.

El choque con el Gobierno

Cabe anotar que desde la Superservicios se dio un parte de tranquilidad a los entes territoriales señalando que esta será una medida que se tome producto de un acuerdo entre las partes.

El superintendente Dagoberto Quiroga dijo que no se pueden romper de forma intempestiva los convenios que se han elaborado, sino que esto se debe hacer de común acuerdo con los entes territoriales.

Es así como señaló que la propuesta de la posible eliminación de cobros de terceros en la factura de energía de la empresa Air-e intervenida se realizará de manera concertada con la Gobernación del Atlántico, la alcaldía de Barranquilla y las empresas de aseo.

Mientras que el ministro Andrés Camacho sostuvo que se busca reglamentar el cobro de terceros en la factura de energía eléctrica para darle mayor claridad a los usuarios.

El ministro aseguró que se pretende adelantar diálogos con gobernadores y alcaldes para establecer estrategias y poder garantizar el recaudo de los otros conceptos en la facturación: “Lo que estamos haciendo es reglamentar la manera en la que se pueden hacer cobros a terceros, y es que la gente pueda distinguir muy bien, muy claramente, qué le están cobrando en la factura”.

Alertan por “inminente” apagón del alumbrado público en la región

Desde la Asociación Nacional de Alumbrado Público y Ciudades Inteligentes (Anap) se ha alertado ante un “inminente” apagón de alumbrado público y una crisis sanitaria en los departamentos de Atlántico, Magdalena y La Guajira ante la suspensión del cobro de alumbrado público y aseo por parte de la empresa Air-e, intervenida por el Gobierno nacional.

Armando Gutiérrez, director Ejecutivo de la Anap, sostuvo que hay “gravísimos efectos” y se constituye en una decisión “arbitraria, ilegal, sin debido proceso y abiertamente inconstitucional”.

El líder gremial indicó, además, que esta decisión se toma sin ningún tipo de estudio serio, poniendo de forma “irresponsable y riesgosa” la prestación del servicio de alumbrado público en esa región del país y desconociendo plenamente la Ley 1819 de 2016; la cual cuenta con sentencia de constitucionalidad.

“De esta manera se quedarán sin recursos los pagos de energía de alumbrado, se detendrán las modernizaciones a led para ahorro de energía, obligadas por el reglamento expedido por el mismo Gobierno, se apagarán los sistemas con riesgos mayúsculos a la seguridad ciudadana”, dijo.

Además, expuso que “se incumplirán diversos tipos de contratos asociados al servicio con reclamaciones y acciones contra las entidades territoriales, se afectarán los ingresos de municipios y distritos rompiendo la continuidad de la prestación del servicio y se incurrirá en un daño fiscal, en un detrimento patrimonial y en una conducta con posibles efectos penales y disciplinarios por parte del funcionario, dejando a oscuras a tres departamentos”.

La normativa detrás de los cobros

El artículo 147 de la Ley 142 de 1994, conocida como la ley de Servicios Públicos, reglamenta que en las facturas se pueden cobrar los servicios de saneamiento básico, en particular, de aseo y alcantarillado.

Desde la Liga Nacional de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios se recordó, además, que en la ley 1819 de 2016 se estableció, además, que el recaudo de impuesto de alumbrado público puede ser adelantado por el municipio o el Distrito, así como por el comercializador de energía. Dicho artículo fue declarado exequible por la Corte Constitucional de 2020, a través de la sentencia C-132.