Los gremios del sector de energía eléctrica y gas natural del país les pidieron al ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, y al ministro de Hacienda y Crédito Público, Diego Alejandro Guevara una reunión urgente con el fin de aclarar varios temas en torno al pago de la deuda de la opción tarifaria, el giro de los subsidios para los servicios energía eléctrica y gas natural para la vigencia 2024 y la apropiación presupuestal correspondiente de los recursos requeridos para 2025.
A través de una carta, las asociaciones Andesco, Acolgen, Andeg, Asocodis, Naturgas y Ser Colombia le piden que ante la incertidumbre en la que se encuentra el sector luego de las declaraciones del Gobierno nacional tras el hundimiento de la ley de financiamiento, se sienten para buscar soluciones.
“El objetivo de encontrar de manera tales problemáticas, incluyendo los problemas de liquidez de las urgentes soluciones a empresas comercializadoras, y evitar un impacto negativo sobre los usuarios y el sector, solicitamos una reunión con ambos ministros para aclarar las imprecisiones generadas a partir de los recientes acontecimientos y pronunciamientos públicos”, se lee en la comunicación.
Los gremios, expusieron los que consideran son los puntos críticos que requieren atención prioritaria, entre los que se encuentra el pago prometido de la deuda de la opción tarifaria.
En ese sentido afirman que: “Es cierto que el Gobierno nacional, mediante el artículo 14 del proyecto de Ley de Financiamiento, planteó la posibilidad de reconocer como deuda pública los saldos adeudados por los usuarios regulados del servicio de energía eléctrica de los estratos 1, 2 y 3 con las empresas comercializadoras, como resultado de la aplicación de la opción tarifaria regulatoria establecida por la Resolución 012 de 2020 de la Creg, durante el anterior y el presente Gobierno”.
Y agrega la comunicación, que sin embargo, es crucial aclarar que la promesa del Presidente de la República de asumir esta deuda fue realizada en mayo de 2024, mucho antes de la presentación del proyecto legislativo el 10 de septiembre del mismo año. Este compromiso, que aparentemente demandaba acciones inmediatas, no estaba condicionado a la aprobación de la Ley de Financiamiento, cuyo objetivo principal era la de generar nuevos recursos, mas no la de realizar gasto público adicional. Desde tal anuncio, los gremios hemos apoyado la promesa presidencial y en tal sentido hemos insistido en que el artículo necesario para viabilizar este pago se tramite en un proyecto de ley independiente, de un solo artículo y con mensaje de urgencia, garantizando de esta manera su pronta aprobación.
Al condicionar innecesariamente la aprobación de este artículo a la Ley de Financiamiento, el Gobierno ha puesto en riesgo el cumplimiento de una promesa vital para los usuarios, que bien puede incluirse en el Decreto de adopción del presupuesto, haciendo para ello los ajustes correspondientes a la planeación que este contiene. Actualmente, la totalidad de la deuda por concepto de opción tarifaria de energía eléctrica asciende a $3,4 billones de pesos, suma que seguirá siendo trasladada a los usuarios a través de las tarifas, dado que a la fecha no se ha definido el mecanismo legal para que el Gobierno asuma la deuda que planteó pagar.
El impago de los subsidios de energía y gas natural
Al respecto señalan que han alertado repetidamente sobre la crítica situación financiera de las comercializadoras de energía y gas natural debido al impago de subsidios por parte del Gobierno Nacional. Los montos acumulados actualmente alcanzan $2,4 billones para energía eléctrica y $628 mil millones para gas natural, los cuales se siguen incrementando mes a mes.
Tras la no aprobación del proyecto de ley, algunos funcionarios del Gobierno han manifestado que dicho hecho pone en riesgo el pago de estos subsidios. Sin embargo, “enfatizamos que el pago de subsidios es una obligación constitucional y legal del Estado, que no está ni ha estado condicionada nunca a la aprobación de una reforma tributaria”.
Dice la carta que de no realizarse estos pagos, se pondría en riesgo la prestación del servicio y, además, se debería informar a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3, que por primera vez en la historia el Gobierno Nacional incumplirá sus deberes en la materia, produciendo incrementos significativos en las facturas que agravarán la situación financiera de los hogares de las familias colombianas. Por ejemplo, para un usuario de estrato 1, en el caso más extremo, representaría un incremento en su factura cercana al 150%, exponiendo al sector a un riesgo sistémico afectando la prestación del servicio.
La concreción de los anuncios realizados, “los cuales rechazamos de manera unánime, incrementará el costo de la deuda y las dificultades operativas para las empresas comercializadoras, afectando directamente la prestación de los servicios públicos domiciliarios de energía y gas combustible”.
Teniendo en cuenta lo anterior, solicitamos al Gobierno nacional que, conforme a la responsabilidad legal, se adelantes las siguientes acciones:
• Efectuar de manera Urgente los giros totales de las sumas ya otorgadas por las empresas, para lo cual se requiere liquidar y pagar los subsidios.
• No disminuir los recursos apropiados en el PGN 2024 y, por el contrario, se requiere realizar una adición y/o traslado presupuestal en éste por los valores faltantes para cubrir el déficit de subsidios de la presente vigencia.
• Expedir los certificados de deuda de subsidios que permitan a las empresas gestionar los respaldos financieros o analizar alternativas de venta de cartera.
• Titularizar la deuda actual que tiene el Gobierno con las empresas comercializadoras de energía eléctrica y gas natural.
• Permitir la realización de un cruce de impuestos a las empresas con las actualmente se tienen valores adeudados. Esta medida está habilitada en el Decreto 1244 de 2013, que reglamentó el artículo 196 de la Ley 1607 de 2012.
Por último, “consideramos de la mayor relevancia y urgencia incluir la totalidad de los recursos necesarios para subsidios de energía eléctrica y gas natural para la vigencia 2025, con mayor razón cuando estos corresponden a gasto público social, el cual tiene prioridad sobre cualquier otra asignación de conformidad con el artículo 366 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 100 de la Ley 142 de 1994, y el artículo 42 de la Ley 1430 de 2010″, puntualizan los gremios.