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El Tribunal Administrativo del Atlántico ordenó al municipio de Soledad, la Empresa de Servicios Públicos (Interaseo y al Establecimiento de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de Soledad) intervenir, clausurar y erradicar de manera definitiva y total los basureros, basurales, puntos críticos o botaderos ilegales a cielo abierto que existan en su jurisdicción.

Tras la solicitud instaurada por la Procuraduría General de la Nación, se logró evidenciar la afectación de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, al equilibrio ecológico y al manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación y restauración, particularmente, en lo referente al impacto que genera en la comunidad la proliferación de puntos de disposición de basuras y residuos sólidos a cielo abierto.

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La Procuraduría evidenció que la existencia de esos vertederos de basura ilegales afecta no solo a los moradores de los sectores cercanos a los mismos, sino también la seguridad de la navegación aérea, y la integridad de pilotos, tripulación y pasajeros de las aeronaves, debido a la proliferación de aves de carroña en los alrededores del Aeropuerto Internacional Ernesto Cortissoz que impiden que las operaciones aéreas se lleven a cabo con normalidad.

En cumplimiento de lo sentenciado por el Juzgado Segundo Administrativo de Barranquilla, que fue confirmado por el Tribunal Administrativo del Atlántico, las entidades accionadas deberán cumplir con el cierre de los botaderos La Concepción, Cachimberos, Ómar Pérez, la Vuelta del Diablo, San Vicente 1 y 2, Frente Delta, Frente Delta 2 y 3, lote detrás de Granabastos, lote detrás del Club de Leones, y cualquier otro basural colindante con el área de influencia del aeropuerto, en los términos dispuestos en la ley y las normas ambientales.

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Adicionalmente, se ordenó la construcción de una escombrera o sitio específico para la disposición final de los residuos de construcción y demolición y, al mismo tiempo, la formulación un plan de manejo ambiental.

De manera cooperada, coordinada y armónica, en el marco de sus competencias, los accionados deberán reestablecer a los soledeños los derechos e intereses relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente, la seguridad y salubridad públicas, y el acceso a los servicios públicos invocados en la acción popular interpuesta por el Ministerio Público.