En libertad quedaron la anoche de este lunes los tres capturados por el polémico proyecto Aquarela en Cartagena, que se levanta cerca al Castillo de San Felipe de Barajas, la fortificación construida en el siglo XVII durante la época de la colonia española, y que tiene en suspenso la permanencia del título de Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad otorgado por la UNESCO a la capital de Bolívar en 1984.
El juez noveno civil municipal ordenó la libertad del curador urbano Ronald Llamas, el arquitecto del proyecto habitacional Claudio Restrepo y el representante legal del mismo Lucas Tamayo capturados el pasado 5 de junio en la Heroica y la ciudad de Medellín, en el caso de los dos últimos.
El togado no acogió el acervo probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación sobre las presuntas irregularidades en la concesión de la licencia de construcción al proyecto, y en la venta del mismo como vivienda de interés social.
'La decisión del curador tienen sustento normativo, entonces no puede existir el reproche que se le hace. Los actos administrativos se expidieron con pleno conocimiento de la normatividad vigente y no se trató de una decisión contraria a la ley. Diferente es la concepción que uno se hace de las torres del edificio Aquarela. El señor Llamas ha tomado una decisión de conformidad a las normas y estimó que sí se cumplían los requisitos para otorgar las licencias y que su decisión se amparó en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT)', señaló el concepto del togado que le abrió las puertas a los tres señalados.
Al curador le habían imputado los cargos de urbanización ilegal, y prevaricato por acción mientras que a Tamayo y Restrepo, urbanización ilegal y daño en los recursos naturales, pero ninguno aceptó los cargos.
La fiscal del caso apeló al caso de los Quiroz que provocaron el derrumbamiento del edificio Portal de Blas de Lezo 2 en abril de 2017, que dejó más de 20 víctimas mortales, pero el juez consideró que los dos casos no tenían relación alguna por lo que desestimó el principal argumento de la representante del ente acusador.
'Si bien los señores Lucas Tamayo y Claudio Restrepo desarrollan una actividad sensible, como es el sector construcción, solo son responsables por infringir la ley y en ese orden de ideas pueden hacer todo aquello que no esté prohibido. Ellos solicitaron unas licencias y presentaron la documentación requerida, pero no se les puede culpar de haber hecho una revisión del predio si pertenecía a un área de influencia porque ellos obtuvieron las licencias que pidieron y por correspondiente no violaron la ley', sentenció el juez noveno municipal.