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El Juzgado Noveno Civil del Circuito de Cartagena emitió un nuevo fallo al caso de negativa a la solicitud de matrimonio entre dos mujeres por parte del juez décimo civil, ocurrido en agosto pasado.

El fallo concluye frente al hecho que: 'deberá concederse el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso, derecho al acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva de las actoras'.

Además de 'dejar sin efecto la providencia de fecha 31 de agosto de 2020 con la cual se rechazó la solicitud de matrimonio civil presentada por las tutelantes y la de 18 de septiembre de 2020 a través de la cual se mantuvo la decisión adoptada'.

A través de un comunicado, Caribe Afirmativo reconoce que este fallo de tutela no solo advierte que la decisión del juzgado décimo de la ciudad violó los derechos de las mujeres solicitantes de matrimonio, sino que sus argumentos para negarse fueron prejuiciosos y alejados de derecho.

'Esta sentencia de tutela, de primera instancia que proviene de un juzgado mayor que por competencia conoce de tutelas; concede la acción de tutela y declara que se han vulnerado todos los derechos y, en consecuencia, ordena al juzgado décimo que resuelva la solitud de matrimonio de la pareja de mujeres de acuerdo con los pronunciamientos de la Corte que desde hace seis años dejó en firme el matrimonio para parejas del mismo sexo; por eso le pide apartarse de sus argumentos que no son consecuentes con su función estatal y que acepte, y fije fecha y hora para la audiencia del matrimonio', asegura.

'Con este fallo, el juez volverá a analizar el caso, pero puede que se mantenga, que lo argumente mejor o acoja la solicitud de la jueza. Si no hay impugnación, por parte del juez décimo del circuito de Cartagena, debe cumplirse este fallo en 48 horas, como lo solicita la jueza', añade el movimiento.

Esta decisión deja claro: 1) que la decisión anterior del juez décimo estuvo apartada del derecho y fue discriminatoria; y 2) reconoce que los argumentos que uso en su momento para negarse se apartan indebidamente del precedente jurídico.

Para Caribe Afirmativo esta sentencia es un respaldo al reconocimiento jurisprudencial de derechos de las personas Lgbti para acceder en igualdad de condiciones al matrimonio civil, a través de precedentes judiciales sostenido en más de 15 sentencias de la Corte Constitucional.

Este es el fallo