La procuradora delegada para la Vigilancia Administrativa, Ligia Morales Amarís, rechazó la recusación presentada por la defensa del alcalde de Cartagena, William Dau, quien advierte falta de garantías en el proceso.
Esto en medio del caso que se sigue en el Ministerio Público debido a que el mandatario distrital calificó a la Universidad de Cartagena, UdeC, como un nido de ratas y malandrines.
El abogado de Dau advirtió al interponer el recurso contra la delegada, nombrada directamente por el procurador general, Fernando Carrillo: 'Este proceso se inició para dictar una sanción, por eso le pregunto señora procuradora si usted considera que tiene un interés directo'.
Y dijo además no entender 'la premura de un caso como este cuando estamos a un mes de que haya un cambio de procurador, y menos cuando el procurador general se pronunció de manera contundente sobre este asunto, maltratando e insultando al alcalde'.
No obstante, la funcionaria del ente de control disciplinario negó la recusación, argumentando que 'no encuentra el despacho que concurra la causal señalada por el apoderado, teniendo en cuenta que las causales de recusación son taxativas'.
Así las cosas, la Sala Disciplinaria de la entidad deberá pronunciarse de fondo sobre el recurso durante los próximos tres días y, posteriormente, la audiencia continuará el próximo 16 de diciembre.
El alcalde advirtió este miércoles que 'en Colombia al delincuente no se le puede decir delincuente, criminal o corrupto si no ha sido sancionado por un juez o un organismo, pero ellos no cumplen con su deber. Todo el mundo sabe el grado de corrupción en la ejecución del presupuesto de la Universidad de Cartagena'.
Dau Chamat fue más allá de sus señalamientos iniciales, e incluso aseguró que los entes de control son parte del problema por su incapacidad para proceder de manera oportuna ante los hechos de corrupción.
'Si la Procuraduría hubiera resuelto los cientos de casos que tienen pendiente hace muchos años, no existiría el grado de corrupción que existe actualmente en la Universidad', señaló.
Cabe recordar que por este tipo de expresiones, el Ministerio Público consideró que Alcalde de Cartagena habría vulnerado los parámetros establecidos en el numeral 6 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, referente al trato respetuoso e imparcial que se debe tener con las personas que prestan un servicio público.