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El Juzgado Segundo Administrativo Oral de Valledupar anuló las resoluciones por medio de las cuales la alcaldía aceptó que un particular, mediante la figura dación de pago con lotes, no solo saldara su deuda de impuesto predial, sino que se le reconociera saldos a su favor para que cruzara con terceros esos recursos a fin de que también cancelaran sus obligaciones tributarias al Municipio.

Es así como el despacho judicial dejó sin efectos jurídicos la Resolución 0000274 del 22 de abril de 2016, a través de la cual la administración municipal aceptó a la contribuyente Marleny Esther Kammerer Teherán la dación en pago de dos predios avaluados en 2 mil 370 millones de pesos, para pagar una deuda que ella tenía por concepto de impuesto predial por 441 millones de pesos, generándose un saldo a favor de ella por mil 929 millones 86 mil pesos, resultante de la diferencia entre la acreencia de la contribuyente y los bienes entregados.