El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, en providencia del 18 de julio de 2024, ordenó al Hospital Eduardo Arredondo Daza (HEAD) la reparación directa de casi $1.000 millones a los padres y demás familiares de un niño de tan solo mes y medio de nacido, quien falleció por no recibir atención médica adecuada a un cuadro de meningitis.
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Estos hechos sucedieron en Valledupar entre junio y agosto de 2012, cuando los padres del niño iniciaron todo el proceso de ingresarlo al programa de crecimiento y desarrollo, como también el de aplicación de las vacunas, encontrándose en buenas condiciones de salud, de acuerdo por lo manifestado en el HEAD, sede 450 Años.
Sin embargo, el bebé empezó a presentar una semana después del primer control médico un cuadro febril por tantos su padres lo llevaron nuevamente al centro asistencial, siendo diagnosticado con ‘otitis media aguda’.
La providencia indica que al niño le formularon los medicamentos como Amoxal y Acetaminofén para ser suministrados en casa. No obstante, con el pasar de los días el menor presentó un cuadro de vómito y fiebre, por tanto el médico general que lo atendió ordenó una dosis de 0.2 cc del medicamento Dipirona, 'el cual no se encuentra medicado para niños menores de tres meses de edad por lo que contribuyó para que se agrave la salud del menor, quien inmediatamente empezó a presentar convulsiones y pérdida de respuesta del sistema inmunológico del organismo”, se lee en el documento.
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Luego de esto el niño es remitido a la Clínica Laura Daniela, con cuadro de sospecha de meningitis bacteriana. Una vez en este centro médico le realizan múltiples exámenes y tratamientos, pero finalmente falleció el 14 de agosto de 2012. Desde ese entonces la familia del niño inició el proceso legal y civil que concluyó en el pago de la indemnización por todos los daños y perjuicios causados.
Por lo anterior, para el Juzgado fue evidente, luego de las pruebas presentadas por la parte demandante, que desde que el niño recibió la atención en urgencias, los médicos formularon diversos tratamientos sin practicarle oportunamente los exámenes o pruebas que dicta el protocolo para el tratamiento de dichas patologías, para efectos de confirmar y / o descartar la enfermedad que lo aquejaba, “lo que permite inferir que al paciente debían practicársele tratamientos distintos o prescribirle otro tipo de medicamentos diferentes a los que le fueron suministrados por la ESE HEAD institución esta que lo atendió inicialmente”.
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Es de indicar que este fallo es de primera instancia y que el hospital presentó recurso de apelación.