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La Dirección Seccional de Fiscalías del Cesar se pronunció en la recusación interpuesta por el abogado Juan Pablo Molina Díaz en contra del fiscal 29 delegado ante los jueces municipales y promiscuos de La Paz, Juan Carlos Daza Guerra, quien presuntamente solicitó coimas, en este caso 10 vacas preñadas, a la hija de unos procesados por el delito de abiegato, a cambio de precluir o cambiar la versión de la investigación.

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El asunto inicialmente se dio en una audiencia pública, en la que estaban siendo procesados Gloria María Torres Álvarez, Julio Aníbal Perea Quintero, Sofanor León De La Cruz y Pascual Emilio Vega Gaviria, quienes son representados por el abogado Juan Carlos Molina Díaz. En esa oportunidad el abogado de la defensa mostró una conversación telefónica grabada en la que el fiscal presuntamente solicitaba las vacas.

El abogado consideró la falta del fiscal, haciendo referencia al artículo 16 N° 7 de la Resolución N° 02374 del 8 de junio de 2009, que establece “ecistir enemistad grave o amistad íntima entre el calificador y el servidor a calificar”, toda vez que han acontecido hechos que no solamente afectan los derechos fundamentales de sus clientes, sino que también han levantado improperios y caluminas por parte del representante del ente acusador en su contra como defensa técnica aún en audiencia ante los juzgados.

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En ese sentido, meses después, la directora seccional de Fiscalías del Cesar, Jeanneth Magaly Álvarez, acogió la recusación presentada al considerar que las expresiones groseras y soeces realizadas por el fiscal, Daza Guerra, sobre el abogado defensor Juan Pablo Molina ponen en tela de juicio su imparcialidad para intervenir en el caso bajo examen.

Adicionalmente, la directora seccional manifiesta su preocupación ya que el proceso y la confrontación caló ante los medios de comunicación.

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“Remitir copia a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Cesar, a fin de que se analice la posible existencia de falta disciplinaria por parte de los servidores Juan Carlos Daza Guerra, Stiwar Padilla Venecia y Margi Enith Vargas González”, puntualiza el documento de la Fiscalía, sin que haya recurso de apelación.