En ocasión al 58 Festival Vallenato, en homenaje a Omar Geles, el Festival Vallenato, la Alcaldía de Valledupar, dispuso una serie de medidas para que las festividades se desarrollen en un ambiente seguro y, de sana convivencia.
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En este sentido, fue emitido el Decreto 0473, que estará vigente desde el 30 de abril hasta el 3 de mayo.
Dentro de las medidas adoptadas se encuentra la restricción a la circulación de motocicletas, sin importar su cilindraje, entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, durante la vigencia de la medida, la cual excluye a miembros de la Fuerza Pública, autoridades de tránsito, organismos de seguridad del Estado, empresas de seguridad privada legalmente constituidas, organismos de socorro y periodistas, siempre y cuando estén en el ejercicio de sus funciones y debidamente identificados, así como a las empresas de mensajería formalmente registradas.
Las personas que sean sorprendidas incumpliendo esta restricción, se les inmovilizará la motocicleta y se les impondrá una multa equivalente a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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Asimismo la restricción en el balneario Hurtado, ubicado en el río Guatapurí, entre las 5:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Prohibición de transporte de ciertos elementos: Desde las 6:00 a.m. del 30 de abril, hasta las 6:00 a.m. del 4 de mayo, en el perímetro urbano de Valledupar el transporte de escombros, mudanzas y cilindros de gas en cualquier tipo de vehículo (camión, motocarro, carro de mula, entre otras).
Prohibieron las ventas ambulantes y en establecimientos de bebidas alcohólicas durante el desfile de piloneras en las categorías Infantil y Juvenil, que se realizará el martes 29 de abril. Esta medida aplica en el tramo comprendido entre el Colegio Alfonso López y la glorieta Pedazo de Acordeón, sobre la avenida Simón Bolívar, desde las 12:00 p.m. hasta la finalización del desfile.
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El incumplimiento de la medida será sancionado con una multa de hasta dos salarios mínimos legales vigentes.
Además, establece que, del 30 de abril al 3 de mayo, los establecimientos donde se vendan y consuman bebidas alcohólicas podrán operar de 10:00 a.m. a 4:00 a.m., excepto billares, negocios que deberán cerrar a medianoche.
Las actividades de aglomeración (conciertos) autorizadas no podrán extenderse más allá de las 5:00 a.m., y el consumo de alcohol se suspenderá una hora antes de finalizar cada evento, y se prohibirá la venta de alcohol a personas en estado de embriaguez, o menores de edad.