El Servicio Nacional de Aprendizaje Nacional (SENA) ha ampliado su lista oficial de ocupaciones para la contratación de aprendices, incorporando oficios que van desde el entretenimiento nocturno hasta las prácticas esotéricas.
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Entre los oficios que ahora forman parte del Acuerdo No. 0010 de 2023 se encuentran gigoló, dama de compañía, modelo webcam, tarotista y otros, lo que responde a una actualización en la clasificación de empleos basada en estándares internacionales.
De acuerdo con lo que señaló el director general del Sena, Jorge Eduardo Londoño, esta nueva lista de ocupaciones se alinea con la clasificación establecida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Según Londoño, el Sena como entidad encargada de la formación técnica en Colombia, ha implementado esta normativa como parte de su compromiso de cumplir con los marcos internacionales de regulación laboral.
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“Muchos de esos oficios no le gustarán a algunos sectores, pero es lo que hace la OIT”, explicó el directivo, aclarando que la adopción de esta clasificación es un proceso técnico y normativo que se ajusta a los acuerdos globales en materia de empleo.
Ampliación del catálogo de oficios
El nuevo listado publicado incluye una amplia gama de ocupaciones, algunas de las cuales no tienen presencia en el mercado laboral nacional. Entre los oficios que ahora forman parte de las opciones para aprendices están:
- Modelo webcam
- Prostituta
- Gigoló
- Trabajador sexual
- Acompañante de club nocturno
- Azafata de club nocturno
- Criada personal
- Mayordomo
- Pareja de baile
- Palenquera
- Tarotista
- Conjurador
- Amaestrador de fieras
- Vendedor callejero
- Vidente
- Monje
- Colocador de piercing
De acuerdo con lo que aclaró la entidad, este conjunto de ocupaciones ha sido adoptado como parte de un esfuerzo por actualizar las normativas laborales y ofrecer una clasificación más inclusiva de los empleos.
Impacto en el sector laboral
Ahora bien, en respuesta a las preocupaciones generadas por esta ampliación, el Sena emitió un comunicado aclarando que el listado no implicará cambios inmediatos en el sector empresarial nacional.
De acuerdo con la normativa vigente, la cuota de aprendices solo se aplicará en empresas que cuenten con una planta de personal acorde a las ocupaciones listadas y que estén reguladas por los entes gubernamentales.
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Es decir, en otras palabras, las empresas que no estén relacionadas con estas actividades no estarán obligadas a contratar aprendices en dichos oficios.
Además, el director general de la entidad explicó que la implementación de esta nueva medida no representa un impacto negativo directo en el mercado laboral colombiano, ya que solo se aplicará en sectores donde estos oficios tengan una representación formal.