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El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) ahora se podrá comprar por unos días. A través de la Circular Externa 013 de 2024, el Ministerio del Trabajo en conjunto con la Superintendencia Financiera, realizaron la importante modificación en la vigencia del SOAT para los vehículos extranjeros.

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De esta manera, los vehículos matriculados en otro país que ingresen a Colombia podrán obtener el SOAT solamente por el tiempo en el que estén el territorio.

“Con la emisión de esta circular, hemos dado un paso significativo en la mejora de la seguridad vial y la regulación del tránsito de vehículos extranjeros en Colombia. Ahora, los conductores de vehículos registrados fuera del país podrán adquirir el SOAT por días, adaptando la cobertura a su tiempo de circulación en nuestro territorio”, afirmó el viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo.

Además, el Ministerio de Trabajo indicó que se estableció una nueva metodología para el cálculo de esta póliza, diseñada para ser más justa y accesible para todos los usuarios.

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Esta actualización busca mejorar la seguridad vial y garantizar que todos los conductores, sin importar su procedencia, cuenten con la protección necesaria.

¿Qué es el Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (SOAT)?

Es un Seguro Obligatorio para todos los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, incluye los vehículos extranjeros que circulan por el territorio nacional y excluye aquellos que se movilizan por vías férreas y la maquinaria agrícola.

¿A quiénes cubre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito?

En caso de accidente de tránsito, el seguro obligatorio cubre a todas los lesionados:

• Al conductor.

• A los ocupantes particulares.

• A los pasajeros (vehículos de servicio público).

• A los peatones.

En los casos en que no existe seguro o el vehículo no es identificado, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, a través de la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito ECAT, cubre a los lesionados.