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Luego de que se conociera que el Ministerio de Justicia va a reglamentar decisiones de la Corte Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, para que los niños, niñas y adolescentes puedan decidir sobre su identidad de género diversa en los documentos de identidad, como lo exhortan estos dos altos tribunales, se ha armado una dura polémica en el país.

El reconocimiento del cambio de sexo en los documentos oficiales ha emergido como un tema crucial en la agenda de derechos humanos a nivel global. Colombia no es la excepción: el pasado jueves se dio a conocer que el Ministerio de Justicia se encuentra en las etapas finales de la preparación de un decreto que permitirá a los ciudadanos colombianos modificar su sexo en sus documentos oficiales.

Este decreto incluirá opciones como femenino (F), masculino (M), no binario (NB), trans y travesti (T), con el objetivo de actualizar el registro civil y reflejar la diversidad de identidades en el país.

Con un total de diez páginas, el borrador del decreto establece que los ciudadanos podrán realizar este cambio de manera sencilla a través de una solicitud ante un notario.

La polémica ha surgido por el caso de los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que deseen hacer este cambio. Al respecto, la jefa de la cartera del derecho, Ángela María Buitrago, habló del tema este viernes en la emisora Blu Radio.

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Uno de los asuntos álgidos se da por la posibilidad de que los niños, a partir de los siete años de edad, que es cuando obtienen su tarjeta de identidad, puedan cambiar o elegir su género en el documento de identidad. Pero también, afirmó la jefa de la cartera judicial, se está estudiando que pueda ser a partir de los diez años.

“La sentencia T-033 exhorta al Ministerio de Justicia a reconocer un derecho humano y ese derecho significa que hay una primera interpretación de la Corte Constitucional, no solamente para los adultos, sino también para los poseedores de tarjeta identidad”, expresó, refiriéndose a los niños, niñas y adolescentes de 7 a 17 años.

“Y eso, digamos, ya marca un límite de edad, pero ¿cuál es la importancia de esto? Es que el autorreconocimiento de cada uno de nosotros surge desde el primer momento y no puede negarse. La tarjeta de identidad constituye un elemento fundamental de demostración de su situación de género y al solamente reconocer el tema binario, se está generando una exclusión y una discriminación”, explicó.

Por ello, Buitrago subrayó la importancia de un acompañamiento integral, que incluya no solo aspectos legales, sino también psicológicos y familiares. E incluso, agregó en diálogo con la emisora W Radio, “se está discutiendo la posibilidad de que sea a partir de los 10 años, pero es un tema que sigue en análisis”.

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Ante lo que el borrador aún está en fase de retroalimentación, abierto a la participación de la sociedad civil, academia y expertos.

Explicó la funcionaria que la norma surge como respuesta a una demanda de los derechos humanos estipulada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, y que va en consonancia con la Corte Constitucional.

El derecho a la identidad y el autorreconocimiento son fundamentales, reiteró, precisando que lo que se busca es garantizar que todos los ciudadanos, incluidos los menores de edad, tengan la posibilidad de reconocerse según su identidad de género: “Esto surge con fundamento en un bloque de derechos que desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha determinado como obligatorio, pero, además, que significa trabajar en esencia sobre la adecuación del reconocimiento de un derecho humano como es el derecho a la identidad y al auto reconocimiento”.

La controversia está servida desde varios ámbitos

El congresista conservador Luis Miguel López advirtió en sus redes sociales: “Y dicen que las circulares y decretos no buscan cambiar el sexo de los niños... Incluso se pasan por encima los padres de familia. Dejen a los niños ser niños”.

Su copartidario, el senador Mauricio Giraldo, aseveró en su cuenta de X: “El Gobierno no puede negar que adelanta una agenda ideológica. Este decreto sería una clara vulneración a la patria potestad de los padres de familia. Se quieren meter en nuestros hogares, atacar a nuestros hijos, destruir nuestros valores familiares. Esto es una guerra declarada del gobierno Petro contra la familia. En caso de que esto sea publicado, no dudaremos en presentar una demanda por inconstitucionalidad”.

Y el jurista Germán Calderón advierte que el decreto “es inconstitucional porque los derechos fundamentales de los menores es de competencia del Congreso. El Gobierno no puede regular asuntos de los menores de edad que tocan profundamente con derechos fundamentales y pilares esenciales de nuestra sociedad. Desde lo constitucional, con la ayuda de la ciencia, el Congreso es el único competente para regular estos temas”.

Además, cuando para este trámite de los pequeños no haya un representante legal, se contempla la intervención de la Defensoría de Familia para formalizar el trámite, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1098 de 2006, es decir el Código de Infancia y Adolescencia, para que esta firme la escritura pública en representación del menor.

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En el Artículo 82 del Código, en el aparte sobre las funciones de los defensores de familia, se lee: “Representar a los niños, las niñas o los adolescentes en las actuaciones judiciales o administrativas, cuando carezcan de representante, o éste se halle ausente o incapacitado, o sea el agente de la amenaza o vulneración de derechos”.

En esta misma norma se expone en el artículo 37, de libertades fundamentales: “Los niños, las niñas y los adolescentes gozan de las libertades consagradas en la Constitución Política y en los tratados internacionales de derechos humanos. Forman parte de estas libertades: el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal, la libertad de conciencia y de creencias, la libertad de cultos, la libertad de pensamiento, la libertad de locomoción; y la libertad para escoger profesión u oficio”.

Y en el Artículo 12, de la perspectiva de género, se indica que “se entiende por perspectiva de género el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social. Esta perspectiva se debe tener en cuenta en la aplicación de este Código, en todos los ámbitos en donde se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, para alcanzar la equidad”.

Por su parte, el director del Programa de Ciencias Políticas y Gobierno de la Universidad Simón Bolívar, Eduardo Palencia Ramos, constitucionalista, le dijo a EL HERALDO que “desde el punto de vista constitucional este un proyecto de decreto que pretende reglamentar una decisión de la Corte Constitucional, en donde se establece el derecho a personalidad jurídica e identidad de género diversa, ahí la Corte exhorta al Gobierno a reconocer un derecho humano, incluso esa decisión también obedece a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en donde se habla de la identidad de género diversa, (...) y Colombia es estado parte y debe mediante el control de convencionalidad adoptar las decisiones y los parámetros interpretativos, entonces lo que hace el Gobierno es reglamentar esas decisiones”.

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Y frente a la posibilidad de que sea declarado inconstitucional el decreto porque supuestamente desborda las atribuciones del Ejecutivo, observa el experto en derecho constitucional que “lo mencionado acerca de que debe hacerse mediante el Congreso es porque se habla de la potestad que tiene el Legislativo de crear leyes estatutarias, que son las que aluden a derechos fundamentales, pero no necesariamente, porque por ejemplo en el caso del aborto no fue tramitado por el Congreso, y lo que hace en ese caso la Corte es también exhortar al Gobierno para reglamentar algo, es lo mismo que ocurre acá con la identidad de género diversa y esa es una de las facultades ordinarias que tiene el Gobierno, la de reglamentar a través de decretos un marco jurídico establecido en decisiones judiciales”.

Por su parte, la siquiatra Isabel Cuadros, directora de la Fundación Afecto, experta en temas de infancia, comentó en EL HERALDO: “Me parece que es muy importante que estas decisiones se tomen con la participación del niño, que es el directamente interesado, pero también con la ayuda de especialistas, pediatras, sicólogos y siquiatras, porque uno hubiera preferido que se hiciera un poquito más tarde, ya que la mayoría de los niños tiene pensamiento lógico hacia los ocho años”.

Y pide la especialista en asuntos de maltrato infantil: “Yo quisiera decirles algo a los amigos periodistas y es que este es un tema muy doloroso y muy difícil para las familias y los niños y las niñas, y esto debe ser del ámbito de la familia porque los casos que hemos conocido reportan mucho dolor para los niños, generalmente los niños con disforia de género, como se llama técnicamente, sufren mucho y las familias tratan de aliviarlos, y esto debe ser un tema muy alejado de lo político porque a veces se toman como bandera este tipo de situaciones, que por lo demás son escasas, no son tan frecuentes como podrían ser el maltrato físico y sexual de los niños, cuando esto es realmente una decisión de los niños y sus familias y su equipo técnico alrededor”.