El Consejo de Estado revocó la sanción por desacato que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había impuesto contra el presidente Gustavo Petro por el incumplimiento del fallo del pasado 25 de enero que exigía el nombramiento de los comisionados expertos de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).
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“Revocar la providencia de 2 de octubre de 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, que sancionó por desacato al señor presidente de la república”, resolvió el Consejo de Estado en un fallo.
En ese sentido, también ordenó al tribunal en cuestión que “continúe con la vigilancia de las actuaciones informadas por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República en cuanto al nombramiento de la totalidad de los expertos comisionados de la Creg”.
Como argumento de su decisión, el Consejo de Estado expuso que la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca no exigía que los nombramientos fueran en el término de 30 días que dio para que se adelantaran las gestiones de las designaciones.
“En resumen, cumplir con la orden no implicaba que los seis nombramientos tuvieran que estar finalizados dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia de segunda instancia, sino que se debían iniciar y llevar a cabo las gestiones correspondientes dentro de ese plazo”, sostuvo.
El incidente de desacato contra el jefe de Estado fue abierto el 1 de agosto ante una solicitud de la Procuraduría General de la Nación, teniendo en cuenta que previamente no había recibido información al requerimiento hecho al presidente de la República, a la directora del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, al ministro de Minas y Energía y al director ejecutivo de la Creg con relación a los actos de nombramiento de los seis expertos.
El Tribunal argumentó que “de los documentos allegados por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República se colige que a la fecha no se ha realizado el nombramiento en propiedad de los seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, para períodos de cuatro (4) años, como se ordenó en el fallo del 25 de enero de 2024, pese a que el plazo feneció el 27 de junio de 2024″.
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“(...) De los 6 nombramientos efectuados, tres (3) fueron en propiedad, dos (2) en encargo, que vencieron el 10 de octubre de 2023, y uno (1) en encargo”hasta tanto se provea la vacante””, agregó.
Por esto, en octubre pasado el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró en desacato al presidente Gustavo Petro y lo sancionó con una multa de cinco salarios mínimos en un plazo máximo de 10 días.