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La Fiscalía General de la Nación informó este jueves 7 de noviembre que, en respuesta a una petición de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, suspendió las órdenes de captura, así como los procesos de extradición, de 11 miembros de los ‘Comuneros del Sur’, un grupo disidente del ELN, que actualmente participa de la Mesa de Diálogos con el Gobierno Nacional.

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“La decisión fue adoptada mediante la Resolución 00502 de 2024, luego de verificar el cumplimiento de los requisitos legales esenciales y la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la solicitud del Comisionado de Paz, quien certificó que el proceso con esa organización armada se encuentra en estado ‘avanzado’ y que las diferentes fases previstas se han surtido de manera exitosa y satisfactoria”, se lee en el comunicado del ente acusador.

El escrito describe que el Gobierno nacional acreditó “la necesidad de definir una delimitación temporal y territorial para garantizar la presencia y asistencia de los representantes y voceros de ‘Comuneros del Sur’ a los escenarios establecidos para el progreso de las negociaciones”.

Las personas a las que se les levanto las órdenes de captura son: Oliverio Orfilio Pai Rodríguez, Antonio José Ovallos Anteliz, Segundo Andrés Obregón Obando, Royer Edgardo Garzón Alvarado, Jorge Wilfredo Rosero Marín, Gabriel Yepes Mejía, Lorena Vanesa Sevillano Ortiz, Santo Eligio García Natascuas, Jaime Eduardo Álvarez Riascos, Leidy Paola Tapia Benavides y Víctor Alfonso Rodríguez Canticuz.

La Fiscalía agregó que la suspensión de las órdenes de captura se aplicará en las áreas rurales de los municipios de Andes, Sotomayor, Barbacoas, Cumbal, Guachucal, La Llanada, Mallama, Providencia, Ricaurte, Samaniego y Santacruz de Guachavés(Nariño), como también en Bogotá y “otras ciudades capitales en las que se determine necesaria la presencia de los representantes de ‘Comuneros del Sur’ para cumplir actividades propias de la Mesa de Diálogos”.

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Se advierte en lo comunicado que esta medida no tendrá efectos en situaciones de flagrancia “respecto de conductas delictivas que constituyan graves violaciones de los derechos humanos, incluidas el secuestro y la extorsión, e infracciones al Derecho Internacional Humanitario”.

Los implicados no podrán portar armas de fuego bajo ninguna circunstancia ni usar prendas de uso exclusivo de la fuerza pública.