La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó este miércoles a seis exintegrantes del Secretariado de las Farc como máximos responsables del reclutamiento de niñas y niños en Colombia.
Asimismo, señaló que los responsables habrían cometido otros crímenes de guerra en contra de los menores en el contexto de la “vida intrafilas”, incluidos “malos tratos, tortura, homicidio y violencias sexuales, reproductivas y por prejuicio”.
Los imputados por estos delitos son: Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Lisandro Alape y Julián Gallo Cubillo.
La JEP indicó, a través de su cuenta de X, que entre 1971 y 2016, las extintas Farc-EP reclutaron a 18.677 niños y niñas. “Estos hechos ocurrieron con mayor frecuencia entre 1996 y 2016, marco en el cual la sala concentró su investigación”, se lee en el comunicado.
La Sala de Reconocimiento determinó que cada uno de estos comparecientes, con sus acciones y omisiones durante su vida activa en la guerrilla, son responsables de “cinco patrones macrocriminales determinados”.
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En primera instancia el reclutamiento y utilización de niños y niñas, incluidas personas menores de 15 años.
“Por este patrón, la Sala llamó a reconocer responsabilidad a los comparecientes como coautores mediatos por el crimen de guerra de reclutar o alistar niños y niñas o utilizarlos para participar activamente en las hostilidades”, añadió.
El segundo patrón consiste en los malos tratos, torturas y homicidios en contra de niños y niñas reclutados en el marco de su “vida intrafilas”.
Por este patrón, la sala llamó a los comparecientes a reconocer su responsabilidad como coautores mediatos de los “crímenes de guerra de tratos crueles, tortura, condenas dictadas y ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal regularmente constituido, con todas las garantías indispensables”.
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Tercero, las violencias reproductivas que afectaron a niñas reclutadas. Por este patrón, la sala llamó a los comparecientes a reconocer su responsabilidad como coautores mediatos de los “crímenes de guerra, de tortura, ultrajes contra la dignidad personal y homicidio”.
El cuarto patrón son las violencias sexuales en contra de menores reclutados. Por este delito, “la sala llamó a reconocer responsabilidad a los comparecientes como autores por mando, por los crímenes de guerra de tortura, violación, esclavitud sexual y el crimen de cualquier otra forma de violencia sexual que constituya también una violación grave del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra”.
El quinto y último patrón mencionado por la Sala de Reconocimiento consiste en las violencias basadas en el prejuicio en contra de niños y niñas reclutadas con orientación sexual o identidad o expresión de género diversas.
“Por este, patrón la sala llama a reconocer responsabilidad a los comparecientes como coautores mediatos por los crímenes de guerra de tortura, de violación, de esclavitud sexual y el crimen de guerra de cualquier otra forma de violencia sexual que constituya también una violación grave del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra”, puntualiza la JEP.