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El Consejo de Estado (CE) rechazó una demanda contra la resolución del CNE que abre investigación al presidente Gustavo Petro por presunta violación de topes electorales, blindando al órgano electoral mientras realiza las respectivas investigaciones contra el mandatario y su campaña.

Asimismo, señaló su rechazo absoluto a las demandas que se radiquen en contra del órgano electoral. Cabe recordar que el CNE imputó cargos al presidente de la República, en su condición de candidato, por supuesta violación a la cuantía de 5.355 millones de pesos.

“De acuerdo con lo expuesto, es claro que el Consejo Nacional adelanta un procedimiento administrativo sancionatorio, en este caso, por violación de topes, en virtud de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 996 de 2005, sin embargo también es evidente que por medio de la Resolución 05175 de 2024, solo se abrió la investigación y se permitió a los investigados rendir descargos”, se lee en el documento emitido por el Consejo de Estado.

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De igual manera, la Sección Quinta del CE señaló que blindará la decisión del CNE respecto a su trámite adelantado, bajo el artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, para imponer sanciones.

“Se expide una resolución mediante la cual se ordena la apertura de la investigación y se formulan los cargos, en donde deben constar las faltas, los hechos objeto de investigación, las pruebas que se disponen, las disposiciones infringidas y las sanciones aplicables”, añade.

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Sin embargo, cabe recordar que “concluido el término probatorio se corre traslado por 15 días hábiles para que las personas vinculadas y el Ministerio Público presenten sus alegatos de conclusión. Transcurrido lo anterior, el proceso entra al despacho del magistrado ponente para la decisión, la cual debe dictarse dentro de los 2 meses siguientes”, indica la ley.