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Para tener mayor equidad frente a la normatividad que rige a los conductores de carros, el presidente del Senado Efraín Cepeda sancionó una ley que acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores.

“Como presidente del Congreso sancioné la ley que acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores, generando con ello una mayor equidad frente a la normatividad que rige a los conductores de carros”, expresó el presidente del Senado en un comunicado asegurando que con esta ley se salda “una deuda de equidad con los motociclistas del país”.

Son cinco infracciones menores por las que no podrán inmovilizar la moto.

Así las cosas, esta ley modifica el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), específicamente en las sanciones relacionadas con cinco infracciones que anteriormente conllevaban la inmovilización de las motocicletas.

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Estas son las infracciones que no requerían de inmovilización

De acuerdo con la ley, hay cinco infracciones que son consideradas como menores y por las que no podrán inmovilizar el vehículo a los motociclistas:

  • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
  • Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
  • Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.

¿Desde cuándo empezará a regir la ley?

La ley entra en vigor inmediatamente después de su promulgación y deroga todas las disposiciones contrarias. Por esto las nuevas medidas para motociclistas empezarán a regir de manera inmediata.

Vale mencionar que aunque se eliminen las inmovilizaciones, la ley asegura que los conductores seguirán recibiendo las multas correspondientes por infracciones de tránsito.

“Se acaba el negocio de las grúas”

El senador Gustavo Moreno, del partido En Marcha, uno de los impulsadores del proyecto Ley de Igualdad Sancionatoria, aseguró que con esta ley que entró en vigor “se acaba el negocio de las grúas”.

“Así estamos acabando con el negocio de las grúas y parqueaderos que tenía azotados a los ciudadanos que trabajan en el día a día y les salía más costoso sacar sus motos de los patios que volverlas a comprar”, dijo el legislador.

A su turno, el senador liberal, Alejandro Vega, subrayó la importancia de corregir la injusticia histórica que enfrentaban los motociclistas en el sistema de tránsito, “más del 92% de las motocicletas en Colombia son herramientas de trabajo. No puede ser que un motociclista, al igual que un conductor de vehículo, cometa una infracción y sea doblemente penalizado con la inmovilización de su moto, un gasto adicional que afecta su economía”.

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El senador destacó que la nueva ley busca garantizar la equidad para los motociclistas, permitiendo que no se les discrimine más en términos de las sanciones. “Esta ley es una garantía de equidad y justicia para los motociclistas, quienes son una parte esencial de la economía colombiana. Es hora de eliminar esa trampa de pobreza que se generaba cuando un trabajador veía inmovilizada su moto y quedaba sin medios para continuar produciendo”, agregó Vega.

Alejandro Labrador, vocero del Grupo Significativo sobre Ciudadanos y miembro del Dragon Night Club, motoclub, destacó que “esta ley es un reconocimiento al trabajo y esfuerzo de los motociclistas, especialmente aquellos que utilizan sus motos como herramienta de trabajo. No se trata de impunidad, sino de equidad. Si un vehículo no es inmovilizado por una infracción similar, ¿por qué sí se inmoviliza la moto?”.