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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó la suspensión de la medida de aseguramiento en contra del exsenador Álvaro ‘el Gordo’ García, implicado en la masacre de Macayepo, hecho ocurrido en el año 2000.

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El alto tribunal determinó que en este caso no resulta procedente la suspensión de la privación de la libertad, pues “la conducta que se le imputa es de extrema gravedad, por lo que los fines de la detención, en especial el que pretende proteger a la comunidad, cobran especial trascendencia”.

El exsenador es acusado por hechos ocurridos entre el 9 y el 17 de octubre del año 2000, cuando se produjo una masacre ejecutada por integrantes del denominado “Bloque Héroes de los Montes de María”, de las Autodefensas Unidas de Colombia, en las veredas El Limón, La Palma, Los Deseos, El Pavo, El Floral, entre otras, del corregimiento de Macayepo, de El Carmen de Bolívar (Bolívar) y San Onofre (Sucre).

Según el fallo en contra de García, los autores acudieron al exsenador para que, “prevalido de su dignidad de senador, logrará que las autoridades militares del departamento de Sucre omitieran cumplir su deber de contrarrestar el ataque paramilitar”.

La defensa del exsenador había hecho la solicitud de revocatoria de la medida de aseguramiento de detención preventiva, la libertad provisional del procesado, y la sustitución de la medida por una no privativa de la libertad en el mes de julio de este año.

En ese momento la Corte Suprema decidió no revocar la medida de aseguramiento, pero fue apelada por la defensa.

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Luego de este recurso, la sala resolvió que “no puede perderse de vista que la propia Sala de Casación Penal, al resolver la situación jurídica en el presente caso, fue enfática en la gravedad del delito que le fue atribuido a García Romero, el cual ha afectado a la colectividad colombiana, concretamente a las comunidades de los departamentos de Sucre y Bolívar, desde la década de los ochentas del siglo pasado”.

Agregó: “La extrema e incuestionable gravedad del delito atribuido a García Romero afectó a 4.000 personas, por lo que exige necesariamente la continuación de su privación de la libertad, como autor mediato de la infracción señalada”.