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Se agota el tiempo para que el ministro de Salud Guillermo Jaramillo cumpla con el inicidente de desacato que abrió la Corte Constitucional en su contra por no acatar varias órdenes que se le habían impartido en relación con los denominados presupuestos máximos que deben ser pagados a las EPS.

Como se sabe, estos presupuestos máximos son los valores que paga el Gobierno a las EPS para que estas financien servicios y tecnologías en salud que se encuentran dentro del Plan de Beneficios de Salud y que están por fuera de los montos que se pagan con los recursos de la UPC.

De acuerdo con la decisión del alto tribunal, el Ministerio de Salud debe pagar los presupuestos máximos reconocidos para los periodos julio, agosto, septiembre y octubre de 2024, además reconocer los presupuestos máximos correspondientes a los periodos de noviembre y diciembre de 2024, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 30 de enero de 2025.

En su ultimátum, la Corte reiteró que la demora en el pago y en la implementación de medidas que permitan superar la insuficiencia de recursos pone en riesgo la sostenibilidad financiera de las EPS y el goce efectivo del derecho a la salud de los afiliados al sistema.

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Ante esto, la Corte también determinó que la cartera a cargo de Jaramillo debe pagar los presupuestos máximos correspondientes a cada uno de los meses de 2025 dentro de los 15 primeros días de cada periodo. El pago correspondiente a los meses de enero y febrero deberá efectuarse dentro de los 10 últimos días del mes de febrero.

Para efectuar estos pagos, el alto tribunal ordenó al Ministerio de Hacienda que transfiera los recursos necesarios para que el Ministerio de Salud dé cumplimiento al pago.

¿Qué pasaría si el ministro no cumple con lo ordenado por la Corte?

Si pasadas las 48 horas, el ministro de Salud no cumple con el incidente de desacato, la Corte advirtió que se deberá realizar una “compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación para que proceda a las investigaciones pertinentes por el delito de fraude a resolución judicial”.

De acuerdo con la normatividad de la Corte, el incidente de desacato también trae repercusiones como sanciones de arresto hasta por seis meses y multa de hasta de 20 salarios mínimos mensuales.