Los contribuyentes en Colombia comenzarán el 12 de agosto de 2025, a cumplir con la obligación de presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024.
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Toda la logística de las fechas será a través de un calendario establecido que varía en función de los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o el número de identificación tributaria (NIT).
Lo que sí se sabe es que el trámite lo podrá realizar desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre de 2025. Es importante que los ciudadanos que deban declarar, presenten la documentación solicitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dentro de las fechas fijadas.
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Con esto evitarán tener multas en un futuro. No todos los ciudadanos tienen que declarar, pues existen topes específicos que definen quiénes deben cumplir con esta obligación.
Documentación solicitada para la declaración de renta en este 2025
- Extractos bancarios y de tarjetas de crédito con corte al 31 de diciembre de 2024.
- Información sobre créditos bancarios vigentes.
- Documentos recientes relacionados con propiedades inmobiliarias.
- Últimos pagos de impuestos de vehículos.
- Certificados de medicina prepagada, en caso de que el contribuyente cuente con este servicio.
- Número de documento de los dependientes económicos. Pueden ser máximo cuatro personas.
- Certificados de ingresos y retenciones emitidos por las empresas en las que trabajó el contribuyente durante el 2024.
¿Debe o no declarar renta en este 2025?
Todos los años la Dian establece unos montos específicos. Estos son los montos de este año para saber si debe o no declarar.
- Ingresos brutos durante el año no superiores a las 1.400 UVT, es decir, $65.891.000.
- Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 no mayor a las 4.500 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $211.792.000.
- Consumos con tarjeta de crédito no excedidos a las 1.400 UVT ($65.891.000).
- Valor total de compras y consumos que no sea mayor a 1.400 UVT ($65.891.000).
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas no excedan las 1.400 UVT ($65.891.000).