Felipe Aroca, magíster en derecho tributario, explicó en EL HERALDO que 'históricamente en Colombia desde hace mas de 30 años viene siendo obligatorio para todos los que somos residentes fiscales que declaremos los activos en Colombia y fuera del país, pero apenas desde el 1 de enero de 2015 se creó la obligación de presentar una declaración expresa para identificar los activos en el exterior'.
Precisó, además, el catedrático de las universidades Externado, del Norte, Libre y Autónoma que desde siempre la ley ha permitido en Colombia que las personas tengan activos en cualquier moneda.
'En Colombia se precia de que nunca le ha puesto restricciones a sus ciudadanos para que hagan inversiones por fuera', así que, afirma, si estas inversiones están declaradas 'están cumpliendo la ley colombiana y no tienen por qué venir a satanizarlos, porque es normal que una persona o una empresa tome la decisión de invertir por fuera'.
Las sanciones por no declarar esos activos por fuera, en cambio, advierte, 'se han venido volviendo cada vez más exigentes y el proceso puede que cueste hasta el valor del activo y un poco más'.