Hay unos que legislan, otros contestan lista y muchos van a incrementar su patrimonio y su poder político, mientras que el país anda al garete. Todo lo que sucede en Colombia se cocina en el Congreso de la República, lo bueno y lo malo.

El Congreso está conformado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes.

Según el artículo 172 de la Constitución Política, “para ser elegido senador se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años de edad en la fecha de la elección”. Para ser elegido Representante a la Cámara, a voces del artículo 177 superior, “se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección”. Es decir, cualquier persona que tenga los recursos económicos, un liderazgo y el aval de un partido político, puede llegar a esas posiciones.

Para los de abajo, la cosa es muy distinta. Para ser mensajero de una empresa pública o privada se necesita ser bachiller, con bicicleta o moto. Y para ser celador, debe ser bachiller con libreta militar de primera. Para ser Inspector de Policía, el requisito es ser abogado titulado. Mientras que para ocupar el cargo de recepcionista, exigen bachillerato, con buena presencia. Las feas hacen parte del 10% del desempleo en Colombia.

En el Congreso de Colombia, según lo estipula el artículo 150 de la Constitución Política, se hacen las leyes y los códigos, se aprueba el plan de desarrollo y las inversiones públicas, se determina la estructura de la administración nacional, se crean o suprimen los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, corporaciones autónomas regionales, empresas industriales y comerciales del Estado, se conceden autorizaciones al gobierno nacional para celebrar contratos, negociar empréstitos y se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley.

También, en el Congreso de Colombia se aprueba el presupuesto de rentas y gastos de la Nación, se establecen las contribuciones fiscales, se determina el sistema financiero y cambiario del país, se aprueba o imprueban los tratados que el gobierno celebra con otros estados, se dictan normas sobre aprobación o adjudicación y recuperación de tierras baldías, se organiza el crédito público, se regula el comercio exterior, aranceles, tarifas y régimen de aduanas, se fija el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso y de la fuerza pública. Además, se expiden las leyes relacionadas con el Banco de la República, el de la función pública y sobre la prestación de los servicios públicos.

Además, y de conformidad con lo indicado en el artículo 152 de la Constitución Política, el Congreso expide leyes estatutarias sobre derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección, normas sobre la administración de justicia, organización y régimen de los partidos políticos y el estatuto de la oposición, mecanismos de participación ciudadana y los estados de excepción. En el Senado de la República se aprueba o imprueban los ascensos militares, se admite la renuncia del Presidente o el Vicepresidente de la República, se autoriza el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional y se autoriza al gobierno para declarar la guerra a otra nación.

En el Senado se eligen los magistrados de la Corte Constitucional y al Procurador General de la Nación.