Uno de los grandes avances en la jurisprudencia reciente ha sido la inclusión del enfoque de género en los procesos penales cuando la víctima es una niña, adolescente o mujer. Este cambio ha significado un hito en la protección de los derechos humanos de las mujeres, reconociendo la histórica desventaja estructural que enfrentan y las particularidades de las violencias a las que están expuestas. El enfoque de género no solo ha facilitado el acceso a la justicia, sino que ha permitido procesar con mayor sensibilidad los casos de violencia sexual, intrafamiliar y feminicidio, asegurando que las víctimas reciban el trato y la protección adecuada.

Sin embargo, este logro aún está incompleto. El enfoque de género en los procesos penales debe aplicarse de forma integral, no solo para proteger a las víctimas, sino también cuando una mujer es procesada como acusada. En muchos casos, las mujeres en conflicto con la ley son también producto de una estructura social que las ha oprimido, vulnerado o ignorado sus derechos. Las condiciones de marginalidad, pobreza, violencia intrafamiliar o la falta de acceso a educación y empleo son factores determinantes que no siempre son valorados adecuadamente al juzgar a una mujer.

En este sentido, resulta crucial que el enfoque de género no se limite a casos en los que la mujer es víctima, sino que también se utilice para analizar los factores estructurales y sociales que pueden haber llevado a una mujer a cometer un delito. La falta de acceso a oportunidades, la dependencia económica, o incluso la coacción pueden ser factores determinantes que expliquen por qué una mujer termina siendo procesada penalmente. Ignorar estas circunstancias es perpetuar un sistema que, en lugar de justicia, ofrece más castigo a quienes ya han sido víctimas de una cadena de violencia.

En un contexto en el que la justicia penal ha comenzado a reconocer las desigualdades de género en algunos aspectos, es necesario expandir esta visión para que no se limite únicamente al papel de la mujer como víctima. Aplicar un enfoque de género cuando las mujeres son procesadas permitiría visibilizar las condiciones de vulnerabilidad a las que han sido sometidas, y abriría una puerta a la rehabilitación y reintegración, en lugar de simplemente perpetuar su castigo.

Al final, si el objetivo es construir una justicia más equitativa y humana, debemos reconocer que el enfoque de género no puede ser una herramienta que solo se aplique en casos de victimización. Su correcta implementación implica reconocer que, en muchos casos, las mujeres procesadas también son víctimas de un sistema que históricamente las ha marginado. Aplicar este enfoque de manera transversal sería un verdadero logro en términos de derechos humanos y justicia penal en Colombia.