En el Congreso de Fenalco, realizado esta semana en Barranquilla, tuve el privilegio de ser invitado por el presidente del gremio, Jaime Alberto Cabal, a un panel donde pude conversar sobre la importancia de la rama judicial, la escogencia de los magistrados y, principalmente, sobre el rol de la institucionalidad como columna vertebral de la democracia en Colombia.

Dentro de los planteamientos que se trajeron a colación en el panel llamó la atención la permanente polarización en el país atada, exclusivamente, a la distinción entre izquierda y derecha. Se me preguntó si esa diada tenía sentido a la luz de nuestro orden político. Me detendré en esa inquietud.

Señalé que el tratadista Norberto Bobbio hizo una distinción entre esos dos conceptos en su libro Derecha e izquierda (1994) en el cual señaló que las concepciones no pueden ser miradas de manera simple sino de forma compleja. En el texto, Bobbio dice que la izquierda está atada a la lucha contra la desigualdad y la derecha se funda en la libertad de los individuos. Allí se produce la autoridad y se llega a la igualdad. El principio es simple. Si eres libre, produces y, si produces, se puede redistribuir. Es por la libertad que se llega a la igualdad y, no lo contrario, como pensaría la izquierda.

Recuerdo incluso que en la historia de la revolución francesa la distinción entre izquierda y derecha estaba circunscrita a la manera como se sentaban en el hemiciclo las facciones. Los adeptos a la monarquía y a las instituciones existentes se sentaban a la derecha y los Jacobinos (revolucionarios) y violentos se ubicaban a la izquierda.

Esta diada debe aterrizarse en Colombia. En nuestro país, el eje derecha e izquierda se esfumó con la expedición de la Constitución de 1991. En el artículo 2 de la carta se indica que el Estado debe garantizar la vida, honra y bienes de los ciudadanos. También que la actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común (art. 333) o que los servicios públicos son inherentes a la función social del Estado (art. 365). Ni que hablar de la inclusión de derechos civiles o políticos que requieren una mayor abstención del Estado frente a los derechos económicos, sociales y culturales que implican grandes inversiones. Estas inclusiones llevaron a nuestro constituyente a incluir las acciones para hacer efectivos los derechos e incluso una Corte Constitucional cuya función es ser el órgano de cierre en materia de los derechos fundamentales en Colombia. Como se observa los valores de derecha e izquierda se encuentran dentro de nuestra Constitución por lo tanto no hay lugar a lecturas extremistas de uno y otro lado.

Por eso, el respeto a la Constitución política es acatar todos los valores. En ese sentido, lo único que debe rechazarse en Colombia y, que realmente es grave, son las posturas autoritarias que pretenden desconocer los pilares de la Constitución y salirse de ésta. La lucha en Colombia en el 2026 será entre las instituciones que forjó la Constitución de 1991 y sus detractores.