El 16 de octubre de 2024, la Corte Suprema de Justicia tomó una decisión histórica al respaldar la virtualidad en los juicios orales en materia penal. Esta medida, que muchos defensores veníamos reclamando, es un paso crucial hacia la modernización de la justicia en Colombia. El uso de Tecnologías de la Información y las comunicaciones (TICs) en el ámbito judicial no solo son una cuestión de modernidad, sino una necesidad imperante para garantizar la eficiencia, la celeridad y, sobre todo, el acceso a la justicia para todos los colombianos.

Los honorables Magistrados de la Corte, en su argumentación, reconocieron un punto clave: la Ley Estatutaria ya prevé el uso de medios tecnológicos en todas las actuaciones judiciales. Sin embargo, también subrayó que en la jurisdicción penal la presencialidad sigue siendo el principio general, y solo en circunstancias excepcionales se permite la virtualidad. Estas circunstancias, aunque excepcionales, son cada vez más comunes en un mundo interconectado y lleno de desafíos logísticos que muchas veces entorpecen la marcha del proceso judicial.

También destacó un aspecto práctico: la virtualidad permitió continuar con el juicio en cuestión porque las pretensiones probatorias ya habían sido resueltas y las fechas de audiencia ya estaban programadas. Si se hubiera optado por trasladar el juicio a un formato presencial, la celebración de la audiencia se habría retrasado indefinidamente, comprometiendo la eficiencia del proceso.

Imaginemos por un momento el calvario logístico que representa trasladar a testigos o procesados privados de la libertad. ¿Cuánto tiempo creen que se tardaría en coordinar el traslado a través del INPEC? ¿Cuántos recursos y esfuerzos adicionales se tendrían que destinar? Estas preguntas nos llevan a una conclusión evidente: la virtualidad, más que una solución temporal, es una herramienta indispensable para garantizar que los procesos judiciales avancen con celeridad.

Pero no se trata solo de celeridad; la virtualidad protege uno de los fines más importantes del proceso penal: la justicia efectiva. A través de las TICs, es posible garantizar que las audiencias se celebren en tiempo y forma, respetando los derechos de todas las partes involucradas. Y en un contexto donde la mora judicial sigue siendo uno de los problemas más graves de nuestro sistema, las soluciones tecnológicas se presentan como el camino lógico hacia una justicia más eficiente.

En conclusión, celebramos la decisión de la Corte Suprema de Justicia. Es una victoria para todas las partes e intervinientes del proceso penal, que hemos abogado por el uso de las TICs, que necesita avanzar hacia una justicia más accesible, ágil y moderna. La virtualidad en los juicios orales no debe verse como una amenaza a la garantía del debido proceso, sino como una herramienta que, bien aplicada, puede hacer que nuestra justicia sea más justa.