Ante el Plantón que los vecinos del barrio Alto Prado realizaron el 24 de noviembre, afectados por el ruido que ocasionan los establecimientos comerciales sobre la Cra. 53 entre calles 74 y 76, la jefe de Planeación Distrital declaró: “Este sector ya tiene preexistencia comercial. El argumento de que por ser bien de interés Cultural de Carácter Nacional se verá afectado es falso. Esa esquina de la 53 con 76 ha sido comercial hace más de 40 años”. Pues esa es una visión inercial de la planeación urbana, que ignora las dinámicas contemporáneas. Pero el Estado Colombiano promulgó la ley 388 de 1997 con el fin de facilitar el ordenamiento territorial municipal, regulando la ocupación del espacio “de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales”. (Artículo 5°).

Por eso, el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico (PEMP) facultó al Distrito para mejorar la calidad de vida del centro, disponiendo con carácter de obligatoriedad el traslado de los moteles (incluso no renovándoles el uso del suelo), pues su actividad comercial afecta la habitabilidad del sector. Esa medida pretende en forma proactiva generar espacios residenciales de calidad que atraigan la inversión inmobiliaria. De igual forma, entendiendo que la economía de Barranquilla ha derivado hacia el sector de los servicios, con acierto produjo cambios en los usos del suelo promoviendo que en el sector de la ribera oriental del río se construyan hoteles y servicios que potencien las oportunidades que brinda el nuevo Centro de Convenciones Puerta de Oro y facilitando que las fábricas migren hacia los parques industriales del área metropolitana.

En consecuencia, al ser reconocido el barrio el Prado como bien de interés Cultural de Carácter Nacional y dotado de un PEMP por el Consejo Nacional de Patrimonio, si le cabe al Distrito la responsabilidad de producir un ordenamiento de los usos del suelo para mejorar la calidad de vida, respetar las tradiciones históricas del lugar, valorizar los inmuebles e incluso mejorar los tributos prediales. En vez de sostener lo insostenible, con responsabilidad ciudadana, Planeación distrital debe poner en valor el patrimonio arquitectónico del Prado promoviendo proyectos que optimicen las mayores alturas aprobadas para edificar, mejorar los incentivos tributarios para conservar las edificaciones patrimoniales, invertir en la recuperación del espacio público y, en particular, eliminar los usos del suelo incompatibles con el derecho a la tranquilidad de sus habitantes tradicionales con el fin de garantizar la habitabilidad presente y futura del barrio, pues está demostrado que el uso residencial principalmente es el que garantiza la protección del patrimonio arquitectónico en los sectores históricos y no las cantinas. Se han identificado 20 propiedades horizontales con 200 aptos que padecen insensatamente una contaminación acústica, en donde unos pírricos negocios, con inversiones de poca monta, afectan a una comunidad entera. Y demerita a Barranquilla como Capital de Vida. Más bien la pervierten en Capital de Bulla.

P.D. Invito al dr. Henry Cárdenas, a las dras. Sara Rodríguez y Zaher Saieh a tomarse un café a mi apto un sábado en la tarde (Cra. 53 con calle 76) para que escuchen cómo los gritos de goles, mentadas de madres y las vuvuzelas provenientes del establecimiento Soccer 53 no nos permiten conversar en tono pausado.