No todo es tan claro en el reciente Decreto 568 del gobierno relacionado con el COVID-19. Por lo pronto produce aplausos dado el espíritu altruista que propone la medida, cuyo objeto es la noble causa de la solidaridad para apoyar al Estado y en consecuencia a los más vulnerables en este dantesco y sorpresivo episodio de la humanidad.

El gobierno ha dado las noticias gota a gota, para algunos de manera inadecuada porque no lo dice todo. Ha usado una estrategia moderada con la intención de ser prudente ya que considera riesgoso el impacto que causará saber la verdad sobre la mayor curva de peligro en Colombia. Esta se calcula para finales de mayo, con posibilidades de extenderse a junio y a otros meses del año. Pero en honor a la falta de sinceridad gubernamental vestida de cautela el riesgo podrá llegar hasta diciembre, según estiman los epidemiólogos y estadísticos consultados. Ellos son los que saben y quienes en realidad conocen el fondo de los términos de moda como son exponencial y aplanar la curva.

El decreto, expedido apenas hace tres días, señala que son sujetos pasivos del impuesto solidario por el COVID 19 los funcionarios públicos y las personas naturales prestadoras de servicios profesionales del Estado con salarios u honorarios mensuales periódicos de $10 millones o más. Allí están cobijadas las tres ramas del poder público: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Se suman los organismos de control y de las asambleas y concejos, los pensionados con mesadas de diez millones de pesos o más. Hasta allí todo tiene un profundo sentido de equidad y solidaridad, que es en síntesis el espíritu del decreto. La cosa no es fácil, pero tiene sentido por las circunstancias que enfrentamos.

El destino será el Fondo de Mitigación de Emergencias para emplear esos recursos en la inversión social representada en ayudas para la clase media vulnerable y los trabajadores informales, que en Colombia es del 44% en mujeres y 48% en hombres.

Pero, el veneno del que hablamos está en un párrafo semiescondido en las consideraciones del decreto, el cual señala que los servidores públicos y las personas naturales vinculadas mediante contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión del gobierno con salarios mensuales o con honorarios periódicos inferiores a $10 millones podrán hacer un aporte solidario voluntario. Pero ojo, las personas que no deseen hacer el aporte voluntario deberán informarlo por escrito por cualquier medio al pagador del respectivo organismo o entidad. Esa información debe hacerse dentro los primeros cinco días de los meses de mayo, junio y julio de este año. He aquí el riesgo para quienes no lo lean de forma acuciosa y no lo notifiquen en el periodo establecido por el decreto, ya que esta manifestación no fue incluida en el artículo 9 respectivo al tema, sino en una de las consideraciones. Así que en tiempos difíciles bien vale la pena la solidaridad, pero consciente y que no resulten sorprendidos con el descuento.

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