A partir de enero de 2022, los pensionados que devengan un salario mínimo mensual, cotizan para el régimen contributivo de salud el 4% de su ingreso, medida que genera un importante ahorro para la economía familiar, estimado en cerca de 900 mil pesos al año, teniendo en cuenta que para el 2021 se había ya reducido el aporte al 8%.
Esta medida adoptada por la ley de crecimiento económico del 2019, atiende los reclamos formulados por los pensionados y recuerda el esquema previo a la Ley 100 de 1993 en el que no se exigía aportes a los pensionados, cubriendo en la actualidad a cerca de 900 mil beneficiarios.
Por la vía de la reducción de costos se mejora el ingreso de este sector de la población que, adicionalmente, actualizó su mesada con el importante crecimiento del salario mínimo acordado para el presente año. Ello contribuye además a la reactivación de la economía, al facilitar que más recursos puedan ser usados en consumo.
El propósito de mejorar el monto de las pensiones es preocupación central de los sistemas de protección social. Chille, el paradigma del sistema de ahorro individual, está por adoptar una reforma que extiende la pensión por solidaridad al 80% de la población, dependiendo del nivel de ingresos, para garantizar una pensión mensual del orden de US$250.
Con independencia de la forma de financiar los sistemas previsionales, es indispensable contar con recursos fiscales u otras formas de apalancamiento (como la hipoteca revertida o el escalonamiento en el retiro del mercado laboral) que complementen o soporten las mesadas, evitando que quienes contribuyeron vean afectados en forma desproporcionada sus ingresos durante la etapa no laboral de la vida.
De otro lado, queda claro que la atención del derecho a la salud corresponde a un bien público universal, que no necesariamente debe financiarse con contribuciones sobre la nómina. Así lo expresa la Misión de Empleo en sus conclusiones, al reconocer que uno de los objetivos en la ruta de las reformas integrales y sistemáticas al mercado laboral y a la protección social en Colombia, es identificar ese tipo de servicios, para definir fuentes fiscales que los cubran, lo que permitiría reducir cargas económicas de empleadores y trabajadores, para liberar presiones que hoy contribuyen a la informalidad laboral, teniendo en cuenta la homologación de coberturas contributivas y subsidiadas.
No se pierda de vista que los empleadores no pagan aportes a salud por trabajadores de entre 1 y 10 salarios mínimos, en tanto los independientes asumen toda la carga.
Una financiación ordenada y de origen impositivo para cubrir el gasto en salud, complementada en ciertos eventos con aportaciones adicionales, así como revitalizar esquemas complementarios de cubrimiento gracias a fuentes alternativas como las de convenciones colectivas o primas de seguro, permitirían ordenar mejor el sistema y beneficiarían la formalización prioritaria del mercado laboral.
Es hora además de regresar al sistema de subsidio familiar los aportes que aún financian parcialmente la salud, pese a causarse por los empleadores para el sector trabajo, lo que facilitaría a las cajas de compensación familiar fortalecer las prestaciones a su cargo. Reconocer igualmente a la Administradora de Recursos de la Salud ADRES como una tesorería autónoma y fortalecer sus procesos de gobernanza, ayudaría en ese propósito.
Finalmente es tiempo que los pensionados accedan efectivamente a los servicios de las cajas de compensación y mantengan su afiliación indefinida, a tiempo con el desarrollo de un sistema de cuidados equitativo y universal, en el que aquellas sean actores esenciales.
Importante logro para los pensionados, que debe guiar los esfuerzos por una protección social incluyente y universal.
*Director del Centro Regional de la OISS para Colombia y el Área Andina