El Acto Legislativo 01 de 2005 abrió la puerta constitucional para que la ley indicase las circunstancias bajo las cuales se pueden otorgar beneficios distintos a la pensión y que estén por debajo del salario mínimo. Esto en respuesta a la abrumadora cantidad de colombianos que llegan a la edad de pensión sin tener un amparo económico. Fue así como Colpensiones asumió la tarea de implementar el mecanismo de los Beneficios Económicos Periódicos, más conocidos como los BEPS.

Este mes de julio la vida operativa de los BEPS ha cumplido seis años de existencia a cargo de Colpensiones. Al sol de hoy, más de 33 mil personas mayores que no lograron una pensión obtienen un pago garantizado por Colpensiones de manera vitalicia, de los cuales 804 personas están en el departamento del Atlántico y 521 en la ciudad de Barranquilla.

Gran parte de ellos, personas que trabajaron toda su vida, pero que en algunos episodios lograron aportar semanas de cotización a pensión y por diferentes circunstancias no completaron las necesarias para obtener el derecho. Sobre sus aportes reciben un apoyo del 20% sobre el ahorro alcanzado, este es un beneficio entregado por el Gobierno Nacional. Son 33 mil almas que llegarán a avanzada edad y que tendrán un amparo hasta el último día de sus vidas.

El trámite es sencillo, no importa si estoy en Colpensiones o en un fondo privado de pensiones. Si alcanzo la edad de retiro (mujer de 57 años u hombre de 62 años) y no consigo pensionarme, puedo solicitar el traslado de los aportes o ahorros que he realizado a pensión durante toda mi vida laboral, a una cuenta de ahorros individual del Programa BEPS de Colpensiones. Esto siempre y cuando sea elegible para ello, es decir, si soy beneficiario del régimen subsidiado en salud por el Sisbén o soy beneficiario de algún familiar que contribuye por su trabajo, podría seguir ahorrando o decidir retirarme, en cuyo caso podría solicitar un ingreso vitalicio que será proporcional a mis ahorros, mi edad, mi género y el 20% de subsidio.

Son numerosos los retos que han tenido que ser superados en este camino. El primero, es el carácter voluntario de los BEPS, si la persona alcanza la edad de retiro, es su decisión el optar por un ingreso vitalicio, nadie la obliga. La mayoría de las personas deciden tomar todo lo que han ahorrado para consumirlo en muy pocas semanas, perdiendo incluso el 20% que se le otorgaría como subsidio. Es como verse tentado a comer una torta de cierto tamaño el día de hoy, en lugar de comerse otra considerablemente grande poco a poco hasta el final de la vida.

El segundo, tiene que ver con el tamaño de los pagos bimestrales que efectúa Colpensiones por los ingresos vitalicios de BEPS. Análogamente, con el tamaño de cada porción de torta que será consumido bimestralmente por el beneficiario. En el corto plazo, la comparación termina siendo entre el tamaño total del ahorro y el flujo de todos los ingresos que poco a poco serán recibidos en relación con la impaciencia de las personas mayores y el poco horizonte de vida que nos proyectamos al superar la edad de retiro. De hecho, un colombiano tiene una expectativa de vida promedio de hasta cinco años menos que la real, creemos que vamos a morir antes de lo que realmente morimos.

En cualquier caso, es mejor un pájaro en mano que cien volando y así lo pueden testificar las personas que no lograron el derecho a una pensión, pero ya tienen un ingreso vitalicio de BEPS. Si usted ya superó la edad de retiro laboral y es alguien que podría beneficiarse de los BEPS de Colpensiones no deje pasar esta oportunidad. Si usted es una persona menor y conoce a alguien que puede estar en estas circunstancias, pídale que lea esta columna, puede cambiarle la vida para siempre.

*Presidente de Colpensiones