La “Minga por la defensa de la vida, el territorio, la democracia y la Paz” resultó ser el summum de la ‘protesta social pacífica’ y rezagó todos los intentos previos pero con el mismo ADN: no son pacíficas. La disciplina y el estoicismo de los indígenas han sido astutamente ‘aprovechados’, en especial por su extraordinaria capacidad de resistencia, clave para sostener el bloqueo de la vía por tanto tiempo y más, si fuera necesario; suficiente para que Maduro intente infiltrar agentes suyos y, en último momento, Piero, el cantante argentino, colombiano por cuenta de Samper, saque pecho por esta minga. Faltó incluir al Eln…

La definición más precisa la da el Diccionario de colombianismos del Instituto Caro y Cuervo: “Minga: reunión de amigos y vecinos entre los indígenas y campesinos que realizan trabajos y actividades diversas en beneficio de la comunidad”. Minga viene del quechua minccacuni: “solicitar ayuda prometiendo algo”; es una tradición precolombina de trabajo comunitario o colectivo voluntario con fines de utilidad social o de carácter recíproco. En Colombia hay comunidades importantes que han trascendido el concepto a un plano político al organizarse socialmente para la reivindicación de sus derechos, la denuncia y la reflexión frente a su situación social; no así en los demás países latinoamericanos en los que el término también está vigente (Wikipedia). La minga se politizó en nuestro país y se asoció con la protesta, una fórmula que se ha venido deformando desde 2017 de lo que se supone debería ser la “protesta social pacífica”. En octubre de 2018, la Fundación Ideas para la Paz (FIP), publicó ‘Cómo se rige la protesta pacífica en Colombia’. Son 24 páginas muy bien escritas, pero para un país nórdico. Aunque hace cierta claridad de la violación de la ley en algunos casos de protesta, la casi totalidad del documento enfatiza, desde todos los ángulos posibles, en el derecho a protestar. Quienes lo leen sacan provecho legal a su conveniencia porque ponen a un lado lo más importante: que sea pacífica. Los espacios de maniobra que tienen las autoridades para intervenir están milimétricamente trazados, en tanto que la amplitud concedida a la protesta pacífica es casi infinita.

Quienes han estado detrás de esto acertaron esta vez. Les bastó con darles varios “buenos porqués” a los indígenas, que de inmediato “compraron” la idea para protestar bajo el siguiente reclamo: “Solo cuando el Estado ejerza una verdadera protección de la cosmovisión de estos pueblos y sus formas de vida, se detendrán las mingas y protestas”. Aunque su demanda puede ser válida, como la de otras minorías, su solución, que es de vasto alcance, no puede ser la condición para detener las mingas y protestas. La proporcionalidad, tantas veces citada por la FIP para el ejercicio de la autoridad, no se da aquí.

La Constitución de 1991 establece que ningún derecho es absoluto, pues está limitado por el desarrollo de otros. Pero, porque “es un derecho fundamental” y con tal de garantizarlo, todavía hay personas a quienes poco les importa que el país se vaya a la mierda.

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