El Tribunal Superior de Bogotá, con el salvamento de voto de uno de los magistrados, falló en segunda instancia a favor de las directivas de Cerro Matoso la demanda laboral interpuesta por el sindicato de la compañía para que se redujeran a ocho horas los turnos de 12 horas implementados desde octubre de 2014.
El presidente de la compañía minera, Ricardo Gaviria, dijo que la decisión jurídica 'le seguirá dando sostenibilidad a la empresa'.
'Nos asesoramos de una ARL antes de hacer el cambio de turno, son decisiones que se hacen con todos los análisis y con todas las investigaciones profesionales, utilizando las mejores experiencias que existen. El juez laboral en Bogotá, primero, falló a favor de la compañía, lo mismo que el Tribunal Superior por lo que consideramos que es un tema positivo', señaló el presidente de Cerro Matoso.
Insistió Gaviria en que los turnos de 12 horas se aplican en todas las empresas mineras del país, así como en Suramérica, Australia, Suráfrica y Canadá.
'Lo que tenemos es un proceso de mejoramiento continuo para garantizar ser cada vez más eficientes y productivos y para garantizar la sostenibilidad de Cerro Matoso por muchos años', explicó el directivo de la compañía.
Dijo que el sindicato tiene plena libertad de actuar como considere pertinente, ante el anuncio de una tutela que será presentada en la Corte Constitucional, según lo anunció el presidente de Sintracerromatoso, Domingo Hernández.
'Nuevamente falla la segunda instancia a favor de la compañía, pero ese salvamento de voto por parte de uno de los magistrados nos ofrece la opción de una tutela que será presentada en tercera instancia ante la Corte Constitucional', explicó Hernández.
El dirigente sindical insiste en que las dos instancias iniciales 'no han actuado en derecho' frente al tema de los turnos, que según la organización que defiende los intereses de los empleados afectan sustancialmente la salud de los operarios.
'Los dos magistrados que ratifican la sentencia del Juzgado 10 Laboral no tienen en cuenta nuestros argumentos, primero, porque la ley laboral colombiana dice que la jornada máxima es de ocho horas y que, para que un patrón cambie eso, debe haber común acuerdo con los trabajadores, cosa que en Matoso no se ha cumplido; segundo, no debe afectarse la salud de los empleados y en nuestro caso no existe ningún estudio de ninguna ARL', sostuvo el presidente de Cerro Matoso.
Insistió en que 'no es cierto lo que el presidente de la compañía está diciendo sobre la existencia de estudios que señalan que con los turnos de 12 horas no se afecta la salud de los operarios'.
El lío jurídico entre Cerro Matoso y el sindicato inició en febrero del año pasado cuando este último interpuso demanda laboral ordinaria ante el Juzgado Laboral 10 de Bogotá para que se aboliera el turno de 12 horas que según los empleados ha derivado en el recorte de 400 trabajadores entre marzo de 2014 y septiembre de este año.