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La Procuraduría General de la Nación informó este martes que sancionó con destitución e inhabilidad por 12 años al exgobernador de Córdoba, Edwin Besaile Fayad, por conflicto de interés al no declararse impedido para actuar en la sesión del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD), en donde se aprobó el proyecto para el mejoramiento de la vía entre los municipios de Ciénaga de Oro y Sahagún, por más de $28.900 millones.

El Ministerio Público indicó que estableció que Besaile Fayad actuó el 5 de octubre de 2017 como gobernador de Córdoba en la sesión 43 del Ocad- Región Caribe, y debatió la viabilización, priorización y apropiación del proyecto de infraestructura que iba a ser financiado con recursos del Sistema General de Regalías, pese a encontrarse incurso en causal de impedimento por la existencia de propiedades a su nombre en el trayecto de la vía.

En el comunicado emitido por el órgano de control, se deja claro que es 'indiscutible' la importancia de la pavimentación de las vías para las comunidades que lo reclaman, sin embargo, afirma que el exmandatario debió advertir la existencia de claros intereses, así como el beneficio que representaba para él y su familia por tener participación directa y legítima en las propiedades que conforman en globo terreno denominado ‘Trementino’ y comprenden un área de 1.424 hectáreas aproximadamente.

'El gobernador, siendo un servidor público, en cuya potestad estaba la decisión de materializar el proyecto vial en consideración, no valoró objetivamente la situación escrutada, pues era evidente la inconveniencia de su participación habida cuenta que el asunto involucraba situaciones particulares que podrían junto al interés general llevar por otro lado un beneficio hacia su familia y hacia él mismo investigado, al tener predios explotados económicamente en el área de desarrollo de la vía', señaló la Procuraduría.

Asimismo, indicó que Besaile, 'estaba llamado a dar ejemplo, separándose de conocimiento de un asunto que impactaba sus propiedades y en las que tenía un interés económico', debiendo someter el impedimento al trámite legalmente establecido. 'Su imparcialidad y transparencia se rompió cuando intervino en la discusión y aprobación del proyecto de inversión', señaló el ente de control.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría calificó la falta del disciplinado como gravísima a título de culpa gravísima.

Esta decisión fue apelada por el apoderado del exgobernador, sustentada en audiencia y será resuelta por la Sala Disciplinaria de la Entidad.