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El autor es quien crea una obra, no quien da las ideas para el desarrollo de la misma. Esta explicación de la abogada en Derechos de Autor Gina de Echeona, ex funcionaria de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, la retoma el artista Henry Alviar, a propósito de la polémica que ha suscitado su escultura Mariposas amarillas, en homenaje a Gabo, inaugurada el 17 de abril de 2015 por la alcaldesa de Barranquilla, y cuyo diseño la artista Johana Cerchar reclama ahora como suyo.

Alviar no ha nombrado abogada para este caso, en el cual Johana Cerchar ha comisionado a Estercilia Simanca. 'Soy un creativo, no soy un hombre de conflictos', dice Alviar Piedrahíta, quien se declara hijo adoptivo de La Arenosa pese a que nació en Antioquia. 'Aquí he vivido durante 50 años y he desarrollado mi carrera', puntualiza.

Autor también de obras como Las Palmeras, del centro comercial Boulevard 54 y de varias en otros formatos, para reconocidos centros médicos particulares, Alviar asegura que a la fecha no ha recibido ninguna notificación judicial y que su intención no es llevar el caso a esas instancias. 'Repito, no me gustan los conflictos, no obstante, y debería demandar por daño a buen nombre. Pero no, afortunadamente las obras hablan por uno y mi trayectoria es larga y clara'.

El debate lo ha planteado la artista Johanna Cerchar a través de los medios, recuerda Alviar. Todo empieza en el 2012 cuando según el artista ella indaga sobre el autor de una escultura que ella observa cerca del parque de la Electrificadora. 'Me visitó y en el 2012 me envió un correo electrónico donde me pedía un diseño con base en una ideas de ella para que incluyera mariposas para una obra en La Guajira. Me envió una foto de una mariposa con alas de distintos colores'.

Dice que él cobró un millón de pesos por dos propuestas: una de mariposas sobre una fuente de agua y otra donde solo hay mariposas, sin dimensiones ni especificaciones. En el 2015, Cerchar le solicita una cotización de los materiales para hacer la escultura, la cual no se pudo realizar en ese momento. Alviar sostiene que, por comisión de la alcaldesa de Barranquilla, ya él trabajaba en la obra Mariposas amarillas, ubicada en la plazoleta del antiguo Sanandresito.

Retomando la definición consagrada en la Decisión Andina 351 de 1993, en su artículo 2, que señala que autor es la persona física que realiza la creación intelectual', la abogada Gina de Echeona recalca que 'la negociación no implicó la transferencia de los derechos patrimoniales de autor, no compró los derechos de autor sobre el mismo. Con ese pago, ella solo estaba autorizada para usar ese diseño para la elaboración de una escultura con las dimensiones y detalles que dio el autor y únicamente para el fin creado: desarrollar una escultura para La Guajira'.

El escultor precisa que la señora Echeona no está manejando este caso, pero que si la situación toma otro giro, considerará también otros nombres de especialistas. Para cerrar el tema, Alviar sentencia: 'No se puede pretender que por haberle elaborado yo un diseño, quede limitado a no usar la figura de acuerdo a mi criterio artístico, más aún cuando son totalmente diferentes'.

Sobre la originalidad

La originalidad se constituye en el sello personal que el autor imprime en la obra y que la hace única, explica la abogada Gina de Echeona. 'En el asunto que nos compete, tanto el diseño solicitado por Cerchar como el diseño creado para la Alcaldía de Barranquilla fueron creadas por el señor Alviar, las dos obras pueden estar inspiradas en el mismo elemento de la naturaleza mariposas, pero cada obra es original en cuanto a su aspecto estético, materiales, enfoque, planos, dimensiones, ángulos, formas, texturas, combinación de materiales y demás aportes creativos que es el sello personal que el autor le imprime a cada obra'.

Derechos patrimoniales

La escultura de 5,50 m. de altura sobre un pedestal de 1,2 m. de alto y 2,5 metros de ancho, elaborada en acero, es una donación a Barranquilla, sostiene su autor, Henry Alviar. 'La realicé sin beneficio económico porque el Distrito, a través de la firma constructora que adelantó los trabajos del área, suministró el valor de los materiales y mano de obra requeridos'. Tener los derechos patrimoniales implica 'que es de propiedad del artista su creación artística, y por tanto los derechos de autor le pertenecen. El contratante no tendrá derecho intelectual ni económico sobre la obra'.

Argumentos

Según Estercilia Simanca, abogada de la artista Johanna Cerchar, 'teniendo en cuenta el intercambio cronológico de correos electrónicos, donde se dan indicaciones precisas y el registro del año 2012, estamos ante un caso donde el plagio se consuma de la forma más descarada y arrogante'.