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La Comisión Disciplinaria de la Federación Colombiana de Fútbol declaró la nulidad de todo lo actuado por el comité disciplinario del Campeonato Postobón sub-20 respecto a la impugnación formulada por Junior contra la resolución No. 024 proferida por este último, el 13 de noviembre de este año, al observar que sobre esta investigación gravitan graves irregularidades que afectan el debido proceso.

Lo anterior en atención a la denuncia que presentó Junior en contra del Atlético Nacional por haber inscrito en la planilla de juego y hecho actuar en el partido del 7 de noviembre de 2013, de la fase semifinal, cuyo resultado fue 1-0 a favor del equipo rojiblanco, al jugador Víctor Danilo Cantillo Jiménez, quien por ser nacido con anterioridad al 1 de enero de 1993 no cumple con el reglamento del campeonato cuya exigencia es haber nacido con posterioridad a esa fecha.

Como prueba, Junior aportó, no solo un registro civil de Cantillo Jiménez, en el que se observa como fecha de nacimiento el 15 de octubre de 1991, sino también otro que acredita que el nacimiento del deportista en mención fue el 15 de octubre de 1993.

En primera instancia, el comité disciplinario del Campeonato Postobón sub-20 no accedió a las pretensiones del Junior apoyándose en una certificación expedida por el profesional especializado de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Rodrigo Pérez Monroy, que asegura que uno de los registros, el que ubica a Cantillo Jiménez entre los límites de edad para jugar el torneo, es el apto para identificarlo y descalifica el otro con la aseveración de que no es el nombre correcto o presenta inconsistencias 'anomalías' el nombre del padre del deportista.

El recurso de reposición del Junior tampoco fue tomado en cuenta argumentándose que no existían hechos nuevos en la impugnación que hicieran variar el criterio ya expuesto.