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Desde este año los precios que cobran los Centros de Diagnóstico Automotor, CDA, por la revisión tecnicomecánica y de gases para vehículos automotores dejarán de ser libres y se ubicarán en los rangos que estableció el Ministerio de Transporte en su Resolución 3318 de septiembre de 2015.

Esta será otras de las alzas que deberán asumir los propietarios de vehículos para este año.

La nueva normatividad define precios mínimos y máximos para el cobro de este servicio, medidos en salarios mínimos diarios legales vigentes, pero también incluye nuevos cobros adicionales por concepto de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el cual se estima en podría ser de unos $12.000 y el Sistema de Control y Vigilancia (Sicov) que podría estar entre $16 mil y $20 mil.

A estos precios se debe sumar otro valor que ya se venía cobrando que es el del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y el IVA.

Es así como la revisión para las motocicletas tendrá una tarifa que se ubica entre 3,06 y 3,62 salarios mínimos diarios legales vigentes; los vehículos livianos, entre 4,97 y 5,96 smdlv; y los pesados, entre 8,07 y 9,72 smdlv.

De acuerdo con la resolución estos nuevos precios deberán entrar en vigencia desde el 14 de enero de enero de este año.

Con la aplicación del nuevo rango, las motocicletas deberán pagar en promedio unos $30 mil más de lo que pagaron el año pasado por la revisión (con el IVA y el Runt sin incluir los nuevos cobros), mientras que el aumento para los vehículos livianos puede estar en el orden de los $8 mil y para los vehículos pesados en $70 mil.

El recaudo de los pagos por los servicios de los CDA deberán realizarse a través de bancos o por un aliado u operador de recaudo que sea miembro del sistema financiero o un operador postal de pago habilitado, para ellos los usuarios deberán comprar un PIN.

La norma señala que los CDA que fijen cobros por fuera de los rangos fijados incurrirán en sanciones, además deben ubicar en sitios visibles al público, por le menos cinco días antes de su aplicación, la lista de los precios para los usuarios.

De igual manera están obligados a registrar el precio de sus servicios ante la Superintendencia de Puertos y Transporte, la cual publicará esta información en su página web.

En las facturas que expidan los CDA por la prestación del servicio es obligatorio que se discriminen los valores del precio al usuario y los pagos a terceros como los que deben transferirse a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el Runt, la Superintendencia de Puertos y Transporte, el sistema de vigilancia y los impuestos correspondientes.

CDA a la espera que se definan varios temas

Los Centros de Diagnóstico Automotor, CDA, están a la espera de que el Gobierno a través del Ministerio de Transporte defina, con un acto administrativo, cuál será el valor que deben cobrar por la tasa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y además que se les den a conocer cuáles son los proveedores de recaudo habilitados por el ministerio para los cobros que deben realizar, ya que estos deben hacer la dispersión automática de los recursos a las entidades correspondientes. Johana Salcedo, gerente general del Grupo de CDA Supercars, dijo que ya el gremio ha solicitado mayor claridad sobre este aspecto. 'No tenemos claro el tema de la bancarización, pues si no hay dispersión en estos momentos, no debería entrar el vigencia el proveedor de recaudo', señaló y agregó que se encuentran dispuestos a cumplir con lo establece la norma, pero necesitan las herramientas para ello. Actualmente un CDA debe pagar al servicio financiero que usa para el recaudo, un valor por transacción que está en un promedio de $5.700, 'esto nos toca asumirlo como empresarios', añadió.

Lo que debe saber sobre la revisión

La revisión tecnicomecánica y de gases es un procedimiento que se aplica a los vehículos y motocicletas en un CDA para verificar si cumple con las exigencias mínimas contempladas en la norma para que puedan movilizarse con seguridad en las vías del país. Entre los aspectos que se revisan están los frenos, la dirección, la suspensión, las luces, la carrocería y las emisiones de gases contaminantes. Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes a motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto año contado a partir de la fecha de su matrícula, luego anualmente. Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos años contados a partir de su fecha de matrícula, luego anualmente. Los vehículos registrados como clásicos o antiguos, agrícolas, montacargas, sidecar, maquinaría rodante de construcción y minería, no están sometidos a las revisiones.

Póliza derogada

La Resolución 3318 de 2015 también establece que los CDA deben tener una póliza de responsabilidad civil profesional que amparara los problemas o incidentes que se presenten en sus instalaciones. Había otra póliza de responsabilidad civil extracontractual que buscaba ampliar los daños y perjuicios que se generaran a los usuarios o a terceros por los errores u omisiones de los centros en la prestación de su servicio y que se pudieran presentan por fallas en los automotores con el certificado de revisión vigente, sin embargo esta medida fue derogada por parte del Ministerio de Transporte mediante la Resolución 4304 de octubre de 2015.

Control y Vigilancia

Uno de los nuevos costos que deberán asumir los propietarios de vehículos al pagar la revisión tecnicomecánica de sus vehículos, es el que se destinará para la implementación y mantenimiento del Sistema de Control y Vigilancia (Sicov), que será manejado por la Superintendencia de Puertos y Transportes, y que consiste la ubicación de equipos de video en cada uno de los 366 CDA que funcionan en el país, con el fin de monitorear en tiempo real cada una de las revisiones que se realicen, lo que implica mayores controles para los CDA. Corresponderá a la superintendencia homologar a las cinco compañías que trabajarán con este sistema.