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Francisco y Rocío llevan más de 20 años viviendo en unión libre, están llegando a la edad de pensionarse, pero por diferentes circunstancias ninguno ha podido completar las semanas que se requieren para jubilarse, y este es un motivo de preocupación para ambos. Esta pareja reúne varias de las condiciones para acceder a la pensión familiar.

Este mecanismo que fue reglamentado por el Gobierno nacional, puede gestionarse a través de Colpensiones o de otros fondo de pensiones.

Está dirigido a los esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a un Fondo Privado de Pensiones que, al momento de solicitar la pensión familiar, lleven más de cinco años de relación conyugal o convivencia permanente con una relación que no haya comenzado antes de que cada uno cumpliera los 55 años de edad.

Asofondos señala que este mecanismo permite obtener una pensión a partir de su esfuerzo conjunto y que es ideal para aquellas personas cuyas semanas cotizadas o capital ahorrado no les alcanza para jubilarse.

El Ministerio de Trabajo recomienda que luego de conocer cuál de los dos cónyuges o compañeros permanentes tiene mayor saldo ahorrado, el que tiene menor saldo se debe trasladar al Fondo donde está afiliado su compañero o esposo y solicitar a este fondo el traslado para efectos de obtener la pensión familiar.

En cuanto al monto de la pensión, si la otorga Colpensiones, será equivalente a un salario mínimo legal vigente. Si la otorga un fondo privado dependerá del capital ahorrado por los dos cónyuges. Si el capital no alcanza a financiar una pensión equivalente al salario mínimo legal mensual vigente, se podrá otorgar la garantía de pensión mínima.

'La pensión familiar es una gran oportunidad para lograr un ingreso estable en la vejez que por diferentes motivos la pareja no podría lograr de manera individual', afirma Jorge Llanos, director de Estudios Económicos de Asofondos.

Régimen de prima media. Los afiliados a Colpensiones deberán cumplir con ciertos requisitos como haber cotizado a los 45 años de edad 25% de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez.

Los cónyuges o compañeros permanentes deberán sumar entre los dos, como mínimo, el número de semanas exigidas para el reconocimiento de la pensión de vejez requeridas de manera individual, es decir, dependiendo del año pueden ser: 1.225, 1.250, 1.275 o 1.300 semanas cotizadas.

Además, ambos deben estar clasificadas en el Sisbén en los niveles 1 o 2.

En fondos privados. Los afiliados a Colfondos, Old Mutual, Porvenir y Protección pueden acceder a esta modalidad por dos vías, ya sea con la suma del capital de la pareja o sumando 1.150 semanas entre ambos.

En este caso no se le pide a la pareja que pertenezca a Sisbén 1 o 2; si la pensión se da por ahorro, esta puede superar el salario mínimo.

La pensión familiar para aquellos que no tienen el capital, se puede lograr desde 1.150 semanas cotizadas entre la pareja.