Con el objetivo de darle mayor transparencia a las operaciones con las libranzas extrabancarias, el Gobierno expidió el Decreto 1348 de agosto de 2016, así lo dio a conocer este martes la oficina de Superintendencia de Sociedades de Mincomercio.
Esta medida permitirá reglamentar la revelación de información y gestión de riesgos en la venta y administración de estos negocios, de tal manera que se cumplan en adecuadas condiciones de seguridad para los compradores.
Sin embargo, el decreto exige al vendedor de libranzas revelar al comprador de manera clara y precisa, previo a la firma del contrato, los riesgos inherentes a las operaciones de venta y administración de cartera de operaciones de libranza.
Además, el decreto también expresa que 'que cuando el vendedor o administrador de las libranzas es una sociedad, las funciones de vigilancia y control le corresponderán a la Superintendencia de Sociedades, pero advierte también que esta supervisión se limitará exclusivamente a los aspectos societarios'.
Por otra parte, la Supersociedades advierte que debe quedar una constancia por escrito, por ejemplo, 'de que el comprador recibió información sobre los riesgos que pueden afectar el recaudo de las amortizaciones del crédito esperado, así como de la posibilidad de que el descuento de nómina o de pensiones no opere, entre otros'.
¿Qué deberá incluir la constancia escrita?
- Que el deudor (trabajador cuyo salario respalda la deuda) podría incumplir la obligación
- Que la obligación podría ser pagada anticipadamente
- Que el salario del trabajador podría ser objeto de medidas cautelares por parte de otros acreedores
- Que podría ocurrir la terminación o cambio de la relación jurídica entre el trabajador y la entidad pagadora
- Que podrían darse modificaciones en la periodicidad de pago y monto de las cuotas por parte del trabajador
- Que podrían darse riesgos que afecten la solvencia de las entidades que participan en la operación (entidad pagadora, vendedores, etcétera).
También debe quedar constancia de que el comprador recibió información acerca de los indicadores de cartera de la empresa, así como sobre los procedimientos por seguir en caso de incumplimiento por parte del vendedor de las libranzas.