Las pequeñas empresas que tengan participación de jóvenes y que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del 2 de mayo de 2016, estarán exentas por dos años del pago de la matrícula mercantil y la primera renovación.
Así lo establece el Decreto 639 de 2017, en que se indica además que los emprendedores que deseen acceder a los beneficios deberán tener edades entre 18 y 35 años, contar con un máximo de 50 trabajadores y activos totales que no superen los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
La medida facilitará la creación de nuevas empresas por parte de los jóvenes y promoverá la formalización laboral. Estas condiciones deberán mantenerse para conservar la exención del pago al momento de la primera renovación de la matrícula.
El Decreto fue elaborado por los ministerios del Trabajo; Comercio, Industria y Turismo; la Superintendencia de Industria y Comercio y las Cámaras de Comercio en cabeza de Confecámaras, con base en los aportes de la sociedad civil a través de los ejercicios de democracia participativa y el cumplimiento de Ley Projoven.
La exención se hace efectiva en el momento en que se registre la unidad productiva ante la respectiva cámara de comercio y cuando se haga la renovación del primer año de funcionamiento.
Para acreditar la condición de pequeña empresa joven, el representante legal únicamente deberá declarar que cumple las exigencias al solicitar la matrícula mercantil y presentar los documentos de identidad que demuestren la veracidad de su declaración.
El beneficio se perderá cuando se presente el incumplimiento en los plazos de renovación del registro, en los aportes a seguridad social y en obligaciones tributarias, así como cuando se entregue información falsa a las cámaras de comercio.
El Gobierno nacional espera que la medida reduzca los costos para la creación de nuevos emprendimientos, ya que representa un complemento a todos los servicios de desarrollo empresarial o apoyo al emprendimiento que se encuentran vigentes.