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La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 038 de 2017, a través de la cual ajusta las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), que entrará en vigencia a partir del próximo primero de enero de 2018.

La Superintendencia explicó que el SOAT es un seguro calculado con base en el salario mínimo diario legal vigente, por lo que su valor en pesos se determina con el salario mínimo que rija para cada año, en este caso el que debe quedar listo esta semana, ya sea por negociación o por decreto del gobierno.

Para el próximo año, el ajuste se realiza para todo el parque automotor, con excepción de los ciclomotores o bicicletas eléctricas, cuya tarifa del SOAT fue establecida en julio de 2017.

Cabe recordar que la Superfinanciera calcula las tarifas máximas que pueden cobrar las entidades aseguradoras para expedir el SOAT para cada una de las 36 categorías de vehículos automotores en Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).

Por ejemplo, los vehículos familiares con cilindrada menor a los 1500 c.c. y menores a 9 años de vida tendrán que pagar 7,64 SMDLV, mientras que los mayores a 10 años tendrán que calcular el pago sobre los 11,59 SMDLV, estos valores no incluyen el 50 % como contribución al Fosyga.

Periódicamente la Superintendencia Financiera de Colombia revisa las condiciones técnicas y financieras del SOAT por disposición legal. Los resultados de los análisis realizados por la Superintendencia para los años 2010 a 2016, arrojaron suficiencia de los recursos disponibles en el sistema. Sin embargo, el último estudio realizado evidenció un incremento en los accidentes de tránsito y en el valor pagado por estos, lo que pone en riesgo la suficiencia de los recursos.

Para consultar la tabla de tarifas que regirá para el próximo año puede ingresar al siguiente enlace: www.superfinanciera.gov.co/descargas/institucional/pubFile1028386/ance038_17.zip.