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Las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) constituyen un nuevo modelo empresarial que comenzará a aplicarse en Colombia. Son compañías, que más allá de su finalidad lucrativa, tienen una vocación de interés común.

El superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, aseguró que las BIC surgen a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1901 de 2018, sancionada por el Gobierno nacional.

Explicó que las compañías que opten por este modelo de negocio, deben incluir la denominación BIC dentro de su nombre o la expresión Sociedad de Beneficio e Interés Común para identificarla y diferenciarla de las sociedades que tienen solamente un fin lucrativo.

El modelo combina las ventajas de la actividad mercantil y la posibilidad de contribuir con el medio ambiente, propender por el bienestar de los trabajadores y mejorar ciertas circunstancias que tienen que ver con el interés común.

Es por ello que entre las características de las BIC se encuentran fijar una remuneración salarial razonable para sus trabajadores y analizan las diferencias salariales entre sus empleados mejor y peor remunerados, para establecer estándares de equidad.

Crean opciones para que los trabajadores participen en la sociedad, con la compra de acciones. Adicionalmente, amplían los planes de salud y beneficios de bienestar de sus empleados, también tienen estrategias de nutrición, salud mental y física.

Estas empresas además ofrecen opciones de empleo que permitan a los trabajadores tener flexibilidad en la jornada laboral y crean opciones de teletrabajo, sin afectar la remuneración de sus empleados.